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AFIP extendió el plazo para hacer el trámite de la recategorización del monotributo

Se trata de un procedimiento obligatorio que deben realizar los monotributistas cada seis meses. Hasta cuándo se podrá realizar el trámite.

AFIP: el pedido de CAME al ministro Caputo se enmarca en un período de fuerte contracción de la actividad y caída generalizada de ventas

AFIP: el pedido de CAME al ministro Caputo se enmarca en un período de fuerte contracción de la actividad y caída generalizada de ventas, con impacto sobre la capacidad de pago de las Pymes. (Foto archivo)

Según informó la AFIP, se otorga más tiempo a los contribuyentes en virtud de la ley 27.743 (Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes), conocida como el “paquete fiscal” que acompañó a la Ley Bases. Incluye los nuevos montos máximos de facturación, entre otros beneficios tributarios que aprobó el Congreso.

Qué es el trámite de la recategorización del monotributo

A través de un comunicado oficial, el organismo recaudador explicó: “La recategorización es un procedimiento obligatorio que deben realizar los monotributistas cada seis meses para determinar si de acuerdo a los ingresos de los últimos 12 meses les corresponde cambiar de categoría. En caso de mantener la misma categoría no es necesario realizar ningún trámite”.

De acuerdo a lo que indicaron, las obligaciones de pago resultantes de la recategorización tienen efecto para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2024 y el día 31 de enero de 2025.

En la Resolución General 5523/2024, la AFIP estableció que la nueva fecha límite para completar este trámite hasta el 2 de agosto. La ley que se aprobó permite la ampliación de los montos máximos de facturación para todas las categorías. En consecuencia, más monotributistas permanecerán en los niveles actuales sin pasar al régimen general.

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