Cabe recordar que las ejecuciones de las deudas fiscales con la AFIP es el paso posterior a la traba de embargos, las cuales estuvieron suspendidas durante 19 meses durante el contexto de la pandemia. La única excepción a la regla fueron aquellos contribuyentes que decidieron no pagar el aporte solidario y extraordinario, más conocido como el impuesto a las grandes fortunas.
En febrero la AFIP habilitó el embargo de billeteras virtuales
En línea con el proceso de recuperación económica que experimenta el país y con el objetivo de proteger el interés fiscal, el organismo retomó en febrero las ejecuciones fiscales de contribuyentes morosos.
"La AFIP inició las ejecuciones fiscales a los contribuyentes más riesgosos y con mayores montos de deuda. El proceso que se está realizando en forma gradual sumó la posibilidad de solicitar embargos sobre activos digitales”, comunicó la AFIP durante este mes.
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"La AFIP inició las ejecuciones fiscales a los contribuyentes más riesgosos y con mayores montos de deuda
En tanto, el fallo sostuvo: ”Téngase por acreditada la constancia de embargo general bancario con resultado negativo. Atento al estado de autos, por la suma reclamada con más el 15% que se presupuesta provisionalmente para responder a intereses y costas, decreto embargo sobre las sumas que la ejecutada tenga que percibir de las firmas individualizadas en el escrito a despacho”.
Contribuyentes en la mira
La AFIP ya identificó un universo de 9.800 contribuyentes morosos para los que solicitará a la justicia que trabe embargos sobre sus billeteras virtuales. El organismo pretende asegurar así el cobro de unos $ 24.000 millones en impuestos adeudados por estos contribuyentes.