El Gobierno estableció el nuevo esquema del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), que comenzará en $383.800 mensuales desde septiembre de 2026 y llegará a $437.000 en abril de 2027.
El piso salarial para los trabajadores de jornada completa tendrá aumentos progresivos hasta abril de 2027. También se modifican los valores de referencia para la prestación por desempleo.
El Gobierno estableció el nuevo esquema del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), que comenzará en $383.800 mensuales desde septiembre de 2026 y llegará a $437.000 en abril de 2027.
La actualización quedó oficializada este miércoles mediante la Resolución 4/2026 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, publicada en el Boletín Oficial.
Los nuevos montos alcanzan a los trabajadores comprendidos por el Régimen de Contrato de Trabajo, el Régimen de Trabajo Agrario y también a empleados de la Administración Pública Nacional y de organismos y entidades del Estado Nacional que actúen como empleadores.
Para quienes trabajan menos horas que la jornada legal completa, el salario mínimo deberá calcularse de manera proporcional.
La resolución determinó una actualización escalonada del salario mínimo durante ocho meses consecutivos. Para los trabajadores mensualizados con jornada completa, los valores serán:
También se fijaron los valores correspondientes a los trabajadores jornalizados: la hora de trabajo parte de $1.919 en septiembre y llegará a $2.185 en abril de 2027.
El nuevo salario mínimo también funciona como referencia para determinar los límites de la Prestación por Desempleo. El beneficio se calcula tomando como base el 75% de la mejor remuneración mensual, normal y habitual percibida durante los seis meses anteriores a la finalización del vínculo laboral.
A partir de la nueva resolución, el monto tendrá además un piso equivalente al 50% del salario mínimo vigente y un techo que no podrá superar el 100% de ese mismo valor.
Por lo tanto, los límites de la prestación se irán modificando a medida que entren en vigencia los distintos valores del SMVM hasta abril del año próximo.
La definición del Ejecutivo llegó después de una reunión del Consejo del Salario que terminó sin consenso entre las partes. En ese encuentro, las centrales sindicales rechazaron la propuesta presentada por el sector empresario, que contemplaba incrementos de 1,8% para septiembre y 1,7% para los meses posteriores hasta abril.
Ante la falta de acuerdo, el Gobierno quedó habilitado para determinar los nuevos valores mediante un laudo, mecanismo que ya había utilizado en una oportunidad anterior para establecer una actualización en varios tramos.