La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que las obligaciones tributarias cuyos vencimientos operen entre el 27 de enero y el 7 de febrero de 2020, ambos inclusive, se considerarán cumplidas en término siempre que se efectúen hasta el 14 de febrero, inclusive, a través de la resolución general 4637/2019 publicada hoy en el Boletín Oficial.










