Cuentas bancarias en riesgo de cierre definitivo
Una de las advertencias más importantes del anuncio oficial es que las entidades financieras podrán cerrar cuentas bancarias que se consideren inactivas o que no cumplan con los requisitos establecidos por sus reglamentos internos. Se trata de una disposición que responde tanto a las políticas estatales como a los procesos internos de los bancos para reducir riesgos asociativos y mejorar su operatividad.
Expertos en derecho bancario detallan que cada institución define qué se considera “inactividad”, aunque en la mayoría de los casos el período señalado suele ser corto. Algunos bancos consideran inactivas las cuentas que no presentan movimientos durante tres meses, mientras que otros extienden el plazo hasta seis meses. Una vez declarada inactiva, el cierre puede llegar sin previo aviso adicional.
Las entidades financieras sostienen que estas acciones no buscan perjudicar a los usuarios, sino cumplir con normas de seguridad que impiden mantener cuentas sin uso, que muchas veces se convierten en blancos de fraude, suplantación o lavado de activos.
Motivos que pueden derivar en embargos y retención de salarios
El Gobierno aclaró que el embargo o congelamiento de salarios no constituye una medida arbitraria, sino que se activa únicamente bajo circunstancias determinadas y tras agotar diferentes instancias de notificación al ciudadano. Entre las causas principales se encuentran:
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Deudas tributarias pendientes con la DIAN, especialmente cuando existieron citaciones o acuerdos de pago incumplidos.
Procesos judiciales por obligaciones financieras no atendidas, como créditos bancarios, pagarés o compromisos adquiridos ante particulares.
Acumulación de cuotas vencidas en productos como créditos hipotecarios, préstamos de consumo o tarjetas de crédito.
Inactividad prolongada y sin justificación en cuentas bancarias que requieren movimientos periódicos.
Para las autoridades, estas medidas tienen un sentido preventivo: buscan evitar que las deudas escalen hasta procedimientos judiciales más complicados y costosos tanto para el Estado como para los ciudadanos.
La importancia de mantener activa una cuenta para evitar sanciones
Ante estas advertencias, especialistas recomiendan poner en práctica acciones simples que pueden evitar el cierre inesperado de productos financieros o un eventual embargo. Entre las recomendaciones se destacan:
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Realizar al menos una operación cada tres meses, ya sea un depósito, transferencia o retiro.
Mantener actualizada la información personal, especialmente teléfono, dirección y correo electrónico, para recibir alertas o notificaciones bancarias.
Cumplir puntualmente con las obligaciones tributarias, como declaraciones o pagos con la DIAN.
Revisar cada mes los estados de cuenta para detectar movimientos inusuales o reportes negativos que puedan afectar el historial crediticio.
Los asesores financieros explican que muchos usuarios desconocen que una cuenta aparentemente olvidada también puede acarrear inconvenientes. Incluso, algunas entidades aplican cobros por mantenimiento que, al no ser cubiertos, generan deudas.
En caso de que la cuenta ya haya sido cerrada, los bancos suelen ofrecer opciones para reactivarla, aunque el cliente deberá cumplir con requisitos más estrictos o considerar la apertura de un nuevo producto bajo evaluación crediticia.
¿Qué debe hacer una persona cuando su cuenta ya fue embargada?
En el supuesto de que un ciudadano descubra que su cuenta bancaria ha sido embargada o que su salario figura como congelado, los especialistas recomiendan actuar con rapidez. El primer paso es comunicarse inmediatamente con la entidad financiera para obtener información clara sobre el origen de la medida.
A la par, es aconsejable contactar a un abogado experto en derecho financiero o tributario, quien puede revisar el caso en detalle, verificar la legitimidad del embargo y orientar al usuario sobre las alternativas legales disponibles.
Entre las opciones más frecuentes se encuentran:
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Gestionar un plan de pago, ya sea directamente con la entidad o mediante mediación judicial.
Solicitar acuerdos extrajudiciales, que suelen ser más flexibles y evitan procesos prolongados.
Pedir la reactivación parcial o total de los servicios financieros, siempre y cuando el ciudadano demuestre intención de cumplir con las obligaciones.
Algunos embargos pueden levantarse rápidamente si se presenta la documentación necesaria o si se completa un acuerdo de pago firmado. Sin embargo, cuando se trata de deudas tributarias con la DIAN, los procesos suelen ser más estrictos.
Una advertencia para diciembre que podría afectar a miles de colombianos
La preocupación social se ha incrementado debido a que diciembre es históricamente un mes de alta actividad financiera: se reciben primas, bonificaciones y pagos laborales, se incrementa el uso de tarjetas, y muchas familias organizan vacaciones o compras festivas. En ese contexto, un embargo o cierre de cuenta puede afectar seriamente la estabilidad económica de un hogar.
Por ello, las autoridades aconsejan revisar cualquier notificación recibida en los últimos meses, verificar si existen obligaciones vencidas y tomar medidas preventivas antes de que finalice el año.
Mientras tanto, el Gobierno insiste en que esta política no tiene un carácter punitivo, sino que busca garantizar orden fiscal y disciplina financiera en la población, especialmente frente al aumento de morosidad.