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OFICIAL: el Gobierno suspende la pensión a los jubilados

Los pensionistas españoles que decidieron establecer su residencia fuera del país deberán prestar especial atención al calendario de la Seguridad Social durante septiembre de 2026. Durante este mes se encuentra abierto uno de los períodos establecidos para que determinados beneficiarios que viven en el extranjero acrediten que continúan con vida.

04 de septiembre de 2026 - 15:25
OFICIAL: el Gobierno suspende la pensión a los jubilados

OFICIAL: el Gobierno suspende la pensión a los jubilados

Los pensionistas españoles que decidieron establecer su residencia fuera del país deberán prestar especial atención al calendario de la Seguridad Social durante septiembre de 2026. Durante este mes se encuentra abierto uno de los períodos establecidos para que determinados beneficiarios que viven en el extranjero acrediten que continúan con vida.

Se trata de la denominada acreditación de vivencia o fe de vida, un procedimiento que tiene como finalidad confirmar ante la Administración que la persona que cobra una pensión continúa viva y, por lo tanto, mantiene las condiciones necesarias para seguir percibiendo la prestación.

El trámite tiene un plazo concreto. La segunda campaña de acreditación correspondiente a 2026 se desarrolla entre el 1 y el 30 de septiembre, por lo que los pensionistas alcanzados por esta obligación deberán completar el procedimiento antes del cierre del mes.

La medida no está dirigida a todos los jubilados y pensionistas españoles. El requisito se aplica específicamente a determinados beneficiarios que residen en el extranjero, una situación que obliga a la Administración a establecer mecanismos de control diferentes de los utilizados para quienes viven habitualmente en España.

Seguridad Social: quiénes deben presentar la fe de vida

Uno de los principales puntos que deben tener en cuenta los beneficiarios es que no todos los pensionistas tienen que realizar esta comprobación.

La obligación está destinada a pensionistas del sistema español que reciben una prestación y tienen fijada su residencia fuera de España. Entre los colectivos alcanzados aparecen beneficiarios del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y del Instituto Social de la Marina (ISM).

También pueden quedar incluidos determinados perceptores relacionados con el complemento por mínimos, siempre de acuerdo con las circunstancias y condiciones contempladas por la normativa correspondiente.

En cambio, los pensionistas que viven en España no están incluidos en esta campaña específica de septiembre por el simple hecho de cobrar una pensión española.

La diferencia es importante porque la Administración utiliza este procedimiento como una herramienta para verificar periódicamente la supervivencia de quienes reciben prestaciones españolas mientras permanecen en otros países.

Para quienes estén obligados a hacerlo, no se trata de un trámite meramente informativo. La acreditación de vivencia está vinculada a la continuidad del pago de la pensión, por lo que conviene no dejar el procedimiento para los últimos días del período habilitado.

Fe de vida septiembre 2026: cuál es la fecha límite

El calendario de la Seguridad Social para 2026 contempla dos períodos de acreditación de vivencia para los pensionistas residentes en el extranjero.

La primera ventana tuvo lugar durante los primeros meses del año, entre enero y marzo. La segunda corresponde a septiembre de 2026.

Por lo tanto, quienes estén alcanzados por esta obligación tienen como fecha límite el 30 de septiembre de 2026.

La recomendación para los beneficiarios es realizar el procedimiento con suficiente anticipación. Aunque el plazo comprende todo el mes, esperar hasta el último momento puede generar inconvenientes si surge algún problema con la identificación, la documentación o el sistema utilizado para completar la acreditación.

Además, quienes opten por una modalidad presencial o por documentación expedida por organismos consulares deberán contemplar los tiempos necesarios para obtener el certificado correspondiente.

La clave es que la acreditación debe quedar realizada dentro del período establecido por la Administración.

Qué pasa si un pensionista no realiza la acreditación

El motivo por el que este procedimiento genera especial atención entre los pensionistas residentes en el extranjero está relacionado con las consecuencias de no cumplir con el requisito.

Si una persona obligada a acreditar su vivencia no completa el trámite dentro del plazo correspondiente, la Seguridad Social puede proceder a suspender el pago de la pensión.

Esto no significa necesariamente que el beneficiario pierda de manera definitiva su derecho a la prestación. La situación puede regularizarse posteriormente mediante la acreditación correspondiente.

Sin embargo, durante el período en que la prestación permanezca suspendida puede producirse una interrupción en el cobro, algo especialmente relevante para quienes dependen de la pensión como fuente principal de ingresos.

Por ese motivo, el cumplimiento del trámite dentro del calendario establecido permite evitar gestiones posteriores y posibles demoras en la percepción de la prestación.

En otras palabras, no realizar la fe de vida no equivale automáticamente a perder la pensión para siempre, pero sí puede generar una suspensión hasta que el beneficiario demuestre que continúa cumpliendo los requisitos.

VIVESS: la alternativa digital para hacer la fe de vida

Uno de los principales cambios en este tipo de trámites es la posibilidad de realizar la acreditación de forma remota.

La Seguridad Social española dispone de VIVESS, una aplicación gratuita destinada precisamente a facilitar la acreditación de vivencia de los pensionistas residentes en el extranjero.

El sistema permite realizar el procedimiento sin necesidad de acudir personalmente a una oficina, algo especialmente útil para quienes viven lejos de los consulados, embajadas u oficinas españolas.

VIVESS utiliza un sistema de identificación biométrica mediante reconocimiento facial, de modo que el pensionista puede completar la comprobación utilizando un dispositivo compatible y una cámara.

La herramienta está disponible para dispositivos Android y Apple, por lo que el procedimiento puede realizarse desde distintos países sin necesidad de viajar a España.

Esta posibilidad representa una alternativa particularmente práctica para los pensionistas que tienen dificultades para desplazarse o que viven en lugares donde las oficinas consulares se encuentran a una distancia considerable.

Cómo realizar la acreditación mediante VIVESS

El procedimiento comienza con el registro del pensionista en la aplicación.

Para identificarse, el usuario puede recurrir a diferentes mecanismos disponibles en función de su situación. Entre ellos se encuentran Cl@ve, el DNI o NIE, así como el número de expediente que aparece en la documentación relacionada con la pensión.

Una vez iniciada la identificación, el sistema solicita determinados datos y posteriormente comienza el proceso de comprobación.

El pensionista debe mostrar ante la cámara el documento de identidad seleccionado y seguir las instrucciones que aparecen en pantalla. Después se lleva a cabo la comprobación biométrica mediante reconocimiento facial.

El objetivo es verificar que la persona que está realizando el procedimiento coincide con la identidad del beneficiario de la prestación.

Cuando el proceso concluye correctamente, VIVESS genera un justificante de la acreditación, que permite dejar constancia de que el trámite fue realizado.

Es recomendable conservar ese comprobante. Aunque el procedimiento quede registrado electrónicamente, disponer del justificante puede resultar útil si posteriormente surge alguna incidencia relacionada con la acreditación.

La fe de vida también puede hacerse por otras vías

Aunque VIVESS constituye una de las opciones más sencillas para muchos pensionistas, no es el único mecanismo disponible.

Los beneficiarios que no puedan o no quieran utilizar la aplicación cuentan con alternativas para demostrar que continúan con vida.

Una de ellas consiste en presentar una certificación de vida expedida por el Registro Civil Consular o por el organismo competente del país en el que reside el pensionista.

En estos casos, la documentación debe ajustarse a las condiciones que correspondan según la situación del beneficiario y los acuerdos internacionales aplicables.

Esta alternativa puede resultar especialmente útil para quienes tienen dificultades para utilizar herramientas digitales o no disponen de un dispositivo compatible con el sistema de identificación biométrica.

Sin embargo, quienes opten por esta vía deben tener en cuenta los tiempos administrativos. Obtener una certificación y presentar la documentación puede requerir más planificación que completar el procedimiento mediante una aplicación.

Comparecencia presencial para los pensionistas en el extranjero

Otra posibilidad consiste en realizar una comparecencia presencial ante las Consejerías o Secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.

Esta vía permite acreditar la vivencia de manera presencial ante los organismos correspondientes.

Puede ser una opción adecuada para aquellos pensionistas que prefieren realizar el trámite personalmente o que encuentran dificultades para completar la identificación digital.

El inconveniente puede estar relacionado con la distancia hasta las dependencias correspondientes y con la disponibilidad de atención en cada país.

Por ello, quienes tengan previsto utilizar esta modalidad deberían organizar el trámite con anticipación y evitar esperar hasta los últimos días de septiembre.

El plazo termina el 30 de septiembre de 2026, independientemente de cuál sea la modalidad escogida para acreditar la vivencia.

Por qué la Seguridad Social controla a los pensionistas residentes fuera de España

La acreditación de vivencia cumple una función concreta dentro del sistema de prestaciones.

Cuando una persona recibe una pensión española mientras reside en otro país, la Administración necesita disponer de mecanismos que permitan comprobar periódicamente que el beneficiario continúa vivo y mantiene las condiciones necesarias para cobrar la prestación.

La fe de vida funciona, precisamente, como una herramienta de control administrativo.

Este tipo de procedimientos adquiere especial importancia cuando las prestaciones se pagan de manera continuada durante períodos prolongados y el beneficiario vive en otra jurisdicción.

Por eso, la Seguridad Social establece períodos específicos durante los cuales determinados pensionistas deben realizar la comprobación.

En 2026, el calendario contempla dos campañas de acreditación, una a comienzos del año y otra durante septiembre.

Qué deberían hacer los pensionistas antes del 30 de septiembre

Con la segunda campaña de 2026 ya en marcha, los pensionistas residentes en el extranjero que estén obligados a realizar la acreditación deberían comprobar cuanto antes cuál es el procedimiento que les corresponde.

En primer lugar, conviene confirmar que efectivamente se encuentra dentro del colectivo obligado a presentar la fe de vida.

Una vez verificado este punto, el beneficiario puede elegir entre las distintas alternativas disponibles.

Para muchos pensionistas, VIVESS representa la opción más rápida y sencilla, debido a que permite realizar el procedimiento a distancia y obtener un justificante digital.

Quienes no puedan utilizar la aplicación pueden recurrir a las alternativas consulares o presenciales previstas por la Administración.

En cualquiera de los casos, el objetivo es el mismo: acreditar dentro del período establecido que el pensionista continúa con vida.

Un trámite que conviene no dejar para el último día

Septiembre puede parecer un período amplio para completar la gestión, pero la fecha de vencimiento está claramente definida.

El 30 de septiembre de 2026 es el último día de la segunda campaña anual de acreditación de vivencia.

Por ello, quienes todavía no hayan completado el procedimiento deberían evitar postergarlo hasta el final del mes, especialmente si necesitan recurrir a una certificación expedida por un organismo consular o realizar una comparecencia presencial.

La alternativa digital puede simplificar considerablemente el proceso para quienes tengan acceso a un teléfono compatible y puedan completar correctamente la identificación.

El punto fundamental es que la obligación no alcanza a todos los pensionistas españoles, sino a aquellos residentes fuera de España que se encuentren incluidos en los colectivos correspondientes.

Para ellos, cumplir con la fe de vida dentro del plazo permite evitar una eventual suspensión del pago de la pensión y las gestiones posteriores necesarias para regularizar la situación.

Así, mientras avanza septiembre, el calendario marca una fecha que los pensionistas españoles que viven en el extranjero no deberían pasar por alto: antes del último día del mes deberán haber acreditado su vivencia si están sujetos a esta obligación de la Seguridad Social.

En pocas palabras

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  • Acreditación de vivencia: Pensionistas españoles en el extranjero deben realizar trámite hasta el 30 de septiembre de 2026.
  • Consecuencias: No hacerlo puede llevar a la suspensión temporal del cobro de la pensión.
  • Métodos: Se puede hacer vía app VIVESS, consulados o presencialmente en oficinas de Seguridad Social.

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Resumen generado por Thinkindot AI
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