“El deber de imparcialidad, la virtud institucional cardinal de la judicatura, impide que me conduzca en los términos consignados”, expresó, dejando en claro que un juez de la Corte no puede ni debe manifestar preferencias sobre el avance, el contenido o el desenlace de procesos judiciales concretos.
Otro punto destacado del texto es la aclaración sobre cómo se tramitan las causas judiciales en las que están involucrados dirigentes políticos y exfuncionarios. Rosenkrantz explicó que, en el estado procesal actual, esos expedientes no dependen de decisiones del máximo tribunal.
“El ritmo de la tramitación de las causas en las que es parte la doctora Cristina Fernández de Kirchner depende únicamente de las decisiones de los jueces de grado competentes y de los tribunales superiores que sobre ellos ejercen la superintendencia”, sostuvo, marcando una delimitación precisa de competencias dentro del Poder Judicial.
En su pronunciamiento, Rosenkrantz también reconoció un solo punto de coincidencia con los temas que circulan en el debate público: la situación incompleta del tribunal. “Excepto por el hecho de que efectivamente me preocupan las vacantes existentes”, señaló, en referencia a la actual conformación de la Corte Suprema, que funciona con un número reducido de integrantes.
La mención refuerza una preocupación institucional recurrente sobre el impacto que las vacantes tienen en el funcionamiento del tribunal, la carga de trabajo y la previsibilidad de las decisiones.