Condena

Condenaron a un joven que chocó y mató a un conductor en Puerto Madero

La Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal ratificó la sentencia contra el joven que conducía alcoholizado y causó la muerte del conductor Alberto Hamra.
Condenaron a un joven que chocó y mató a un conductor en Puerto Madero. (Foto: captura)

Condenaron a un joven que chocó y mató a un conductor en Puerto Madero. (Foto: captura)

La Cámara Nacional de Casación Penal confirmó este jueves la condena a cinco años de prisión a un joven por el “homicidio culposo” del conductor de un vehículo, al que chocó y mató en la zona del barrio porteño Puerto Madero. El detenido se desplazaba a alta velocidad, alcoholizado y bajo los efectos de estupefacientes, informaron fuentes judiciales.

De acuerdo a lo que trascendió, la Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal ratificó la sentencia contra F.D., de 27 años, dictada en agosto de 2021 por el Tribunal Oral en lo Criminal 5, la cual incluyó además la inhabilitación para conducir vehículos por el plazo de 10 daños y la prohibición de salida del país.

El hecho se registró la mañana del 22 de diciembre de 2018, en Julieta Lanteri al 1400, cuando F.D. con su automóvil Volkswagen Golf GTI, en el que transportaba a otros cuatro jóvenes, perdió el control del rodado, se cruzó de carril e impactó al Chevrolet Meriva que circulaba en sentido opuesto, lo que causó la muerte del conductor Alberto Hamra.

Proyecto nuevo (14).png
Condenaron a un joven que chocó y mató a un conductor en Puerto Madero. (Foto: captura)

Condenaron a un joven que chocó y mató a un conductor en Puerto Madero. (Foto: captura)

¿Qué condena dictó la Justicia?

El tribunal oral consideró probado que F.D. “por la conducción imprudente y antirreglamentaria de su automóvil, ocasionó la muerte de Hamra, ya que manejó sin el debido cuidado que le era exigible para evitar daños a terceros, al hacerlo bajo los efectos de estupefacientes” con un nivel de alcoholemia superior al legal, “excediendo la velocidad máxima permitida y violando el sentido de circulación”.

Por su parte, la defensa cuestionó las pruebas evaluadas sobre la presencia de alcohol y consumo de marihuana, y llegó hasta la máxima instancia de la justicia penal ordinaria.

La Sala II de la CNCP ponderó “las filmaciones captadas por “Torres del Faro” y “Casino Buenos Aires” que, sostuvo, “aportaron información relevante sobre la velocidad y el consumo de estupefacientes” como también “la invasión del carril opuesto”, además de declaraciones de testigos presenciales que dijeron ver en mal estado al conductor del Volkswagen.

El fallo, que rechazó condenar por “dolo eventual” -como lo pedía la querella- porque implicaría admitir que F.D. también tuvo que haber representado su muerte y la de sus acompañantes, fue firmado por los camaristas Eugenio Sarrabayrouse y Horacio Días.