El economista apeló esta decisión, argumentando que las declaraciones de la periodista eran “difamatorias” y atentaban contra su “dignidad, honor y buen nombre”. Añadió que no era la primera vez que lo injuriaba públicamente y que parecía haber una especie de ensañamiento en su contra.
Por su parte, Kampfer se defendió afirmando que sus declaraciones eran “vox populi”, pero admitió que no podía citar testigos debido al “secreto profesional”.
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Agustina Kampfer deberá pagar una indemnización de $330.000 por daño moral. (Foto: Perfil)
El tribunal consideró que no aplicaba el secreto de la fuente
El tribunal de apelaciones concluyó que en este caso no aplicaba el secreto de la fuente ni la libertad de prensa, porque las declaraciones de Kampfer no constituían una investigación periodística, sino una imputación directa y sin pruebas hacia Redrado sobre un evento laboral que ocurrió hace nueve años.
Los jueces enfatizaron que Kampfer debió actuar con mayor diligencia y prever las consecuencias de sus afirmaciones al ser periodista.
En su fallo, los jueces Feijóo y Scolarici destacaron: “La demandada en función de este antecedente con el aquí actor debió en su calidad de periodista profesional, en un tema personal laboral, actuar en la entrevista con mayor diligencia y valorar la previsibilidad de las consecuencias de sus dichos”.
Este fallo se suma a una causa previa en la que Redrado ya había demandado a Kampfer, resultando en una retractación pública de la periodista y el pago de una compensación de $50.000.