Para el Colegio de Abogados porteño, aunque la autonomía universitaria exime a la UBA de una intervención directa del Poder Ejecutivo, esto no significa que las universidades queden al margen del control estatal. Al contrario, el documento explica que el control externo recae exclusivamente en la Auditoría General de la Nación (AGN), organismo dependiente del Congreso Nacional y el único órgano constitucionalmente autorizado para realizar auditorías externas.
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“La simple lectura de la Constitución Nacional y el entendimiento de la división de poderes en el sistema republicano lo deja claro: es el Congreso de la Nación, con apoyo en la Auditoría General de la Nación”, enfatizó el Colegio.
El análisis destaca que el control interno corresponde a la universidad misma y debe ser llevado a cabo por órganos democráticamente electos, en un ejercicio de cogobierno. Estos órganos están encargados de vigilar la administración y las operaciones internas, en un marco que garantiza la autogestión de la universidad. Este control autónomo está diseñado para que la UBA y otras universidades gestionen sus propios recursos, decisiones y proyectos sin interferencias políticas.
Los puntos más críticos del dictamen del Colegio de Abogados de Capital sobre la UBA y la SIGEN
Uno de los puntos más críticos fue el señalamiento de que la SIGEN, al ser un órgano que depende del Presidente de la Nación, “no posee jerarquía constitucional” y no tiene la autoridad para intervenir en la UBA. Este organismo, según subraya el texto, tiene competencia únicamente en las jurisdicciones que integran el Poder Ejecutivo Nacional y no en instituciones que gozan de autonomía constitucional, como es el caso de la UBA y otras universidades nacionales.
Asimismo, el Colegio de Abogados apuntó que otros organismos como la Procuración del Tesoro de la Nación, que también depende del Ejecutivo, carecen de potestad para modificar o limitar el principio de autonomía y autarquía garantizado a las universidades por la Constitución. La declaración no solo establece límites a las potestades de los organismos del Poder Ejecutivo, sino que refuerza la idea de que solo los poderes del Congreso, a través de la AGN, pueden supervisar a las universidades nacionales.
Finalmente, el dictamen cierra con un mensaje contundente sobre la importancia de proteger la autonomía universitaria para el desarrollo del país. En palabras del Colegio, “de ninguna manera una decisión del Poder Ejecutivo Nacional puede soslayar el mandato y avanzar sobre la clara atribución constitucional”.