El escrito,según indica la agencia Télam, recordó además que la Carta Magna sostiene que "después de la realización de cada censo, el Congreso fijará la representación con arreglo al mismo, pudiendo aumentar pero no disminuir la base expresada para cada diputado".
El 5 de julio del 2018, la Cámara había hecho lugar a la acción de amparo promovida por un elector de la provincia de Córdoba y le pidió al Congreso que "extreme los recaudos para ejecutar el mandato que establece el artículo 45 de la Constitución Nacional, en relación con la composición de la Cámara de Diputados".
En ese momento, lo decidió en virtud de que la "base de representación por la cual se rige la actual composición del mencionado cuerpo legislativo continúe siendo aquella que se determinó con los datos poblacionales de un censo realizado en 1980, y resulta claramente anacrónica".
La resolución luego fue apelada y el fallo conocido hoy la revoca, al tiempo que reitera el pedido al Congreso de "ejecutar el mandato que establece el artículo 45 de la Constitución Nacional".