"Que se sienten y voten. Si se cae el pliego, García Mansilla seguirá en funciones en comisión hasta el 30 noviembre de este año, y el presidente puede designarlo por otro año en comisión con otro decreto el 1 de enero de 2026", especuló una fuente del entorno presidencial.
El Plan B de la mesa chica del Gobierno libertario sostiene que el Decreto 137/25 por el cual Milei designó en comisión a sus dos candidatos a la Corte, garantiza que ambos pueden ejercer como miembros del máximo tribunal hasta noviembre de 2025, y que ese mecanismo no tiene limitaciones legales para ser repetido el año próximo.
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El Senado comienza a tratar el Presupuesto 2023 esta semana (Foto: Télam)
Además, especulan con que "el año que viene habrá otro Congreso" después de las elecciones legislativas de octubre, en las que La Libertad Avanza espera duplicar al menos la cantidad de bancas en Diputados y en el Senado. Creen que para esa instancia podrán sostener a ambos candidatos con legisladores propios y aliados.
En cuanto a la situación de Lijo, en Balcarce 50 señalan la misma definición de Milei, aunque en ese caso, reconocen que si el Senado no vota su pliego, Lijo tendrá que renunciar como juez federal en Comodoro Py para poder asumir como juez de la Corte en Comisión. Dejan esa decisión en manos del juez.
García Mansilla rechazó impugnación de otro juez a su nombramiento en la Corte por decreto de Javier Milei
Manuel GArcía Mansilla, juez de la Corte Suprema de justicia designado en comisión por un año por decreto de Javier Milei. Foto Congreso..webp
Manuel García Mansilla defendió en un escrito ante la justicia federal su designación por decreto del presidente Javier Milei en comisión por un año, y afirmó que su remoción antes del plazo de un año solo puede darse mediante juicio político.
"Toda vez que el nombramiento en comisión previsto en el Decreto 137/25 se hizo efectivo luego de haber prestado yo juramento, ya soy juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación", aseguró el magistrado, quien subrayó que goza de las garantías establecidas en el artículo 110 de la Constitución Nacional.
En un escrito de 51 páginas, García Mansilla respondió al traslado del juez federal Alejo Ramos Padilla, que tramita una causa para impugnar su designación y la del juez federal Ariel Lijo.
Allí, planteó la falta de jurisdicción del magistrado y la falta de legitimidad de los actores que impulsaron el amparo, solicitando su rechazo inmediato.
El juez recordó que fue designado para cubrir la vacante dejada por Juan Carlos Maqueda en un momento en que el Senado estaba en receso y enfatizó que su nombramiento "se ajusta estrictamente" al artículo 99, inciso 19, de la Constitución Nacional.
García Mansilla recordó que su juramento fue tomado por los jueces de la Corte Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el pasado 27 de febrero de 2025 y advirtió que la continuidad de la causa judicial en su contra comprometería el normal funcionamiento de la Corte Suprema y sostuvo que su remoción fuera del mecanismo constitucional como es el juicio político, "tentaría contra el orden público constitucional".
"Desde el 27 de febrero de 2025 estoy ejerciendo en la Corte de Justicia de la Nación la función judicial prevista en la Constitución", indicó García Mansilla, y enfatizó que su remoción solo puede darse mediante juicio político, conforme a los artículos 53 y 110 de la Carta Magna.
El juez designado por decreto de Javier Milei luego de más de 8 meses de debate de su pliego sin haber logrado hasta ahora el apoyo en el Senado para que quede firme la designación, como prevé la Constitución dijo que en la designación en comisión "no existe arbitrariedad o ilegalidad" y defendió la legalidad del Decreto 137/25.