La principal duda era si le iban a tomar juramente o no a Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla, y cuándo.
Las dudas iniciales
La reunión empezó cerca de las 10.30 de la mañana con la presencia de los 3 jueces, Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz. Según informaron a A24.com el juramento a García Mansilla se tomó 12.20, mientras que la decisión sobre Lijo se postergó para el 6 de marzo.
El Gobierno venía presionando para que la Corte acepte tomarles juramente esta misma semana y, de esa manera, los cinco cortesanos puedan estar sentados en la apertura de las sesiones ordinarias del sábado en el Congreso ya en sus cargos. Según indican desde el Palacio de Tribunales, los tiempos no daban para tanto. De la ceremonia de jura de García Mansilla participó Sebastián Amerio, viceministro de Justicia.
Durante la acordada de hoy los jueces emitieron sentencias sobre otros temas pendientes (están sacando 200 fallos en promedio por semana en febrero) y este tema fue un asunto más a tratar. La decisión definitiva (con el último juramento) estaría recién la semana que viene.
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Los dos debates
La Corte debía definir dos cuestiones. Por un lado, si aceptaba como válido el mecanismo de nombrar jueces por decreto. Según la oposición, la Constitución del 94 es clara en la reforma sobre el modo en que se debe elegir a los cortesanos. Tanto Rosatti como Lorenzetti fueron convencionales constituyentes. Difícilmente no tengan en claro cuál fue la voluntad del legislador a la hora de diseñar esos mecanismos.
Juan Carlos Maqueda, juez hasta diciembre de este año, planteó sus reparos. "El Senado, en este acto complejo, tiene un rol constitucional extraordinariamente importante. Se le dio un lugar especial al Senado en esto. La Corte no está obligada a tomar juramento", sostuvo en declaraciones radiales.
Sin embargo, Rosatti y Rosenkrantz habían sido nombrados originalmente por Macri por decreto. Aunque no llegaron a asumir por esa vía (el Senado votó antes los pliegos) siempre quedaba la duda de si hubieran aceptado jurar de esa manera.
El otro debate que se debe dar la Corte (y que aún está pendiente) es si acepta que Ariel Lijo asuma por un año, tomándose licencia de su cargo como juez federal. Una parte de la doctrina dice que debería renunciar para poder asumir. Algo que obviamente el juez no va a hacer porque el decreto en comisión dura apenas un año.
Atajo constitucional con antecedentes polémicos
El artículo 99, inciso 4 de la Constitución, establece que los jueces de la Corte deben ser nombrados por el Presidente con acuerdo del Senado, el cual debe aprobar los pliegos en una sesión pública con el voto de dos tercios de los presentes. Este mecanismo está pensado para garantizar un alto consenso político para los integrantes del máximo tribunal; la votación es el resultado final de ese consenso que debería ser trabajado mucho antes.
Sin embargo, el inciso 19 del mismo artículo le da al Presidente la potestad de llenar vacantes en comisión en "empleos" que requieren acuerdo del Senado, con la condición de que dichos nombramientos expiren al final de la próxima Legislatura si no son ratificados.
Milei se ampara en esta cláusula para justificar la designación directa de Lijo y García-Mansilla sin esperar la aprobación del Senado. Los críticos dicen que un juez de la Corte no es empleado y que no sería válido para ellos.
No es la primera vez que un presidente intenta este camino. En 2015, Mauricio Macri también firmó un decreto para designar en comisión a Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz en la Corte Suprema. Aunque la decisión desató una fuerte reacción política y judicial, el decreto quedó inaplicable: el Senado trató los pliegos y ambos jueces fueron confirmados por el mecanismo tradicional, dejando sin efecto la designación en comisión.