Cómo fueron los votos. En el caso de La Rioja fue por unanimidad. En cambio en Rio Negro solo 3 de los magistrados se expidieron en contra de la reelección.
Qué dijeron en el caso Río Negro. Apelaron al antecedente de un fallo en Santiago del Estero que impidió un tercer mandato de Gerardo Zamora.
"No sólo implica respetar los precedentes del Tribunal -lo que otorga previsibilidad jurídica a las partes y despeja suspicacias propias de la materia electoral-, sino que ofrece -además- la virtud republicana de desalentar la posibilidad de perpetuación en el poder, al darle sentido a la noción de periodicidad de los mandatos. En efecto, la vigencia del sistema republicano presupone de manera primordial la periodicidad y renovación de las autoridades", dice el falló.
"Desalentar ensayos que, como el que se examinaba en el caso, persiguen el único objetivo de otorgar cuatro años más en el ejercicio de la máxima magistratura provincial a quien ya llevaba ocho años ininterrumpidos en ella, desconociendo el texto constitucional, máxima expresión de la voluntad popular”. "Desalentar ensayos que, como el que se examinaba en el caso, persiguen el único objetivo de otorgar cuatro años más en el ejercicio de la máxima magistratura provincial a quien ya llevaba ocho años ininterrumpidos en ella, desconociendo el texto constitucional, máxima expresión de la voluntad popular”.
Del fallo de la Corte
Qué dijeron en el caso La Rioja. Los argumentos fueron similares a los anteriores, pero además se agregó una posición sobre la reforma constitucional que intentó implementar el gobernador Sergio Casas.
El fallo establece que la consulta popular para cambiar la Constitución debió haber sido en la “primera elección general que se realice para cubrir el cargo cuya regulación constitucional se procura enmendar” y que la enmienda debía ser ratificada por más del 35% del electorado, cosa que no sucedió por la alta abstención.