Al revisar el caso, la sala III consideró procedente el recurso de la ex mandataria y ordenó restituir la pensión vinculada al ex jefe de Estado. En su análisis, los magistrados señalaron que el organismo previsional no tenía facultades para eliminar ese ingreso, sino únicamente para suspenderlo.
También evaluaron el argumento utilizado por el ente previsional para retirar ambos haberes y concluyeron que resultó improcedente quitarlos “por cuestiones de honor”, tal como había sostenido la administración.
La resolución de su haber como presidenta
Distinta fue la conclusión respecto de la jubilación presidencial. En ese punto, la Cámara entendió que la condena judicial sí habilita la baja de ese beneficio, por lo que continuará sin percibirlo.
La gestión judicial que permitió revertir parcialmente la situación fue impulsada por Fernández Pastor, representante legal de Cristina Kirchner en materia previsional. Con esta resolución, la ex jefa de Estado recuperará la pensión como viuda del exmandatario, monto que hace dos años rondaba los 8 millones de pesos, aunque seguirá sin cobrar la jubilación correspondiente a su paso por la Presidencia debido a la sentencia firme en la causa Vialidad.