Poder Judicial

La Justicia analiza los últimos detalles para resolver si suspende o no el cuestionado Mega Decreto de Milei

El Juez Lavié Pico le pidió al fiscal que opine antes de tomar una decisión ¿Qué dijo la Procuración del Tesoro para defender el DNU? ¿Por qué esta semana es clave?
Rosario Bigozzi
por Rosario Bigozzi |
El Procurador del Tesoro

El Procurador del Tesoro, Rodolfo Barra.

El Procurador del Tesoro, Rodolfo Barra, presentó el descargo del Gobierno contra las demandas que dudan de la constitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023. El juez en lo Contencioso Administrativo Federal, Enrique Lavié Pico, le corrió vista al fiscal Miguel Angel Gilligan para que opine antes del martes sobre el caso, y luego el magistrado quedará en condiciones de tomar una decisión.

El Poder Ejecutivo Nacional le informó a la justicia que el decreto “se encuentra motivado en la urgencia causada por la crisis económica que atraviesa el país y que, como tal, resulta incompatible con los plazos normales para la sanción de una Ley que, en atención a la diversidad de las materias de que se trata, necesitaría amplio tiempo de debate y discusión parlamentaria”.

En el mismo sentido, agregó que “tales circunstancias tornaron necesario una inmediata respuesta normativa que el Congreso Nacional difícilmente podría haber resuelto con la rapidez que se requería”.

Por otro lado, la Procuración sustentó que ”la necesidad y urgencia constituyen una verdadera cuestión política (institucional) que debe ser considerada como no justiciable. Asimismo, la imposibilidad de cumplir con el trámite ordinario para la sanción de las leyes, es una cuestión que remite a cuestiones de oportunidad, mérito y conveniencia, lo cual también es de valoración estrictamente política”.

Según el Gobierno, la medida fue impuesta para resolver una grave crisis económica, que derivó de “las políticas que fueron implementadas en los últimos años –con especial énfasis en aquellas adoptadas en el último período, previo y simultáneo a las elecciones presidenciales”.

Recordemos que Lavié Pico en los primeros días de enero, ordenó habilitar la feria para tratar -entre otros- los pedidos de medida cautelar de la Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad, del Centro de Estudios Legales y Sociales -CELS, y del grupo Gente de Derecho que lidera el expresidente del Colegio Público de Abogados de Capital Federal, Jorge Rizzo. En ese trámite, consideró inadmisible que se trate como una demanda colectiva, por lo que ordenó borrar la denuncia inicial del Registro de Procesos Colectivos, para desarmar el expediente en procesos separados.

A todo esto, el Procurador Rodolfo Barra recurrió a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal para que se unifiquen las causas, pues entendió que el fallo de Lavié Pico genera “efectos gravísimos para la defensa del Estado Nacional, en tanto produce la multiplicación de litigios con el riesgo de tener sentencias contradictorias”.

Rechazo a la defensa del Gobierno

La primera de las demandas contra el DNU fue promovida por la Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad, con el objeto de que se declare “la inconstitucionalidad y la nulidad absoluta e insanable” de la medida.

Ante el informe del gobierno nacional, la demandante manifestó que la respuesta es improcedente, porque "no fundamenta la necesidad y urgencia del decreto cuestionado".

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Además, consideró que la argumentación del gobierno es “por demás débil y demasiado forzada, más que corresponderse a una situación objetiva de necesidad y urgencia que le permita al PEN el ejercicio excepcional de la facultad legislativa, se relaciona con una metodología gubernamental que pretende irrumpir e instalar abruptamente una suerte de orden jurídico alterno de modo permanente”.

En su planteo destacó que la “necesidad y urgencia” invocada en el DNU no puede ser una cuestión judiciable, porque entendieron que esa opinión “carece de todo raigambre doctrinario y muy principalmente jurisprudencial”.

También señaló que los DNU no deben derogar o modificar leyes que han sido el fruto de debates llevados adelante en el Congreso de la Nación y que han expresado los consensos democráticos por el bien común.

Para el Observatorio del Derecho “el DNU 70/2023 ya se encuentra vigente y la modificación exorbitante de un paquete de más de 80 leyes ya está rigiendo la vida de la ciudadanía argentina en total irrespeto a la democracia”.

Por ese motivo expresó que “el no otorgamiento de esta medida cautelar, importa un daño al sistema republicano de gobierno y a la garantía de supremacía de la constitución nacional, dado que conllevaría aceptar lisa y llanamente (sin analizar de fondo la petición formulada por esta parte) que el DNU 70/2023 cumple con los estándares constitucionales cuando es un ejemplo de la concentración del poder público en cabeza del Poder Ejecutivo que la reforma de la Constitución en el año 1994 pretendió impedir”.

Decenas de frentes abiertos contra el DNU

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El Mega DNU enfrenta decenas de demandas parciales o totales por inconstitucionalidad, pedidos de medidas cautelares y recursos de amparo, que fueron planteados directamente ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el fuero Contencioso Administrativo, en el laboral, en el Civil y Comercial, en el Penal y en los Tribunales Federales de las provincias.

Entre las más relevantes figuran las cautelares dictadas por la Justicia del trabajo a favor de la CGT, la CTA, la Asociación del Personal Aeronáutico, el Centro de Capitanes de Ultramar y Oficiales de la Marina Mercante, que lograron suspender la reforma laboral que dispone el capítulo cuatro del Decreto 70/23.

Esta medida acaba de ser apelada por el Procurador del Tesoro, Rodolfo Barra, que espera que la Corte Suprema de Justicia revise la decisión de los jueces laborales y acepte remitir el caso a los tribunales Contencioso Administrativos.

Por otro lado, la Corte Suprema recibió antes de fin de año las denuncias de las provincias de Córdoba, Santa Cruz, San Luis y La Rioja; que pidieron que se declare la inconstitucionalidad del mega Decreto de Necesidad y Urgencia que deroga más de 300 regulaciones.

La Corte remitió la documentación a la Procuración General para que dictamine acerca de la competencia del Tribunal, aunque hizo saber que “estudiará las cuestiones sometidas a decisión, luego del receso correspondiente a la próxima feria judicial”.

Otro de los expedientes que avanzó en los últimos días, incluye el fallo judicial que suspende las modificaciones dispuestas por el DNU sobre las funciones y atribuciones del Instituto Nacional de la Yerba Mate, porque podría vulnerar el derecho a la salud de miles de productores y sus familias, como beneficiarios del Convenio de Cobertura de Salud Integral firmado en 2022 con el Gobierno Misiones.