El juez recordó además la opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que reconoció el derecho autónomo al cuidado y subrayó la responsabilidad estatal en la protección de menores, adultos mayores y personas con discapacidad.
La sentencia implica la vigencia inmediata de la Ley 27.793, que contempla medidas como la actualización de prestaciones y compensaciones arancelarias, aunque el Gobierno aún puede apelar ante la Cámara Federal de San Martín.
En el Decreto 534/2025, el Ejecutivo había fundamentado el veto argumentando que la aplicación de la norma significaría un gasto superior a 7 billones de pesos en 2025 y cercano a 17 billones en 2026, sin financiamiento suficiente ni proyecciones actuariales que garantizaran su viabilidad.
La norma sancionada por el Congreso declaraba la emergencia en discapacidad hasta el 31 de diciembre de 2027 y establecía un refuerzo en las pensiones no contributivas por invalidez, llevándolas al 70% del haber mínimo jubilatorio. También habilitaba que esas pensiones fueran compatibles con un empleo formal, siempre que los ingresos no superaran los dos salarios mínimos.