A un año exacto de la llegada a la Presidencia de la República, la relación entre el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial transitó por un pacífico carril institucional, muy diferente al que nos acostumbraron –lamentablemente- gobiernos anteriores.
¿Cómo fue la convivencia del nuevo gobierno libertario con los distintos estamentos judiciales? ¿Qué pasó con la Corte Suprema?
A un año exacto de la llegada a la Presidencia de la República, la relación entre el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial transitó por un pacífico carril institucional, muy diferente al que nos acostumbraron –lamentablemente- gobiernos anteriores.
Sin embargo, pueden advertirse algunas omisiones en el ejercicio de las atribuciones constitucionales que le caben al Presidente de la nación.
Por ejemplo, el primer año estuvo marcado por una casi nula designación de jueces de tribunales inferiores, gran parte de ellos vacantes, con la consecuente demora en la resolución de conflictos de las personas. Recordemos que los jueces nacionales son nombrados por el Presidente de la Nación con acuerdo del Senado en audiencia pública, previa intervención del Consejo de la Magistratura de la nación.
También se caracterizó por el debate sobre la designación de uno de los integrantes de la Corte Suprema de Justicia, en reemplazo de la ex jueza Elena Highton de Nolasco, que se encuentra vacante desde octubre de 2021.
A este cargo se sumará la vocalía que próximamente dejará el magistrado Juan Carlos Maqueda por imperio constitucional de haber llegado a la edad de 75 años. Como nota, debe decirse que el máximo tribunal argentino perderá a un gran jurista, que deja su impronta en temas constitucionales y que en la mayoría de las veces supo estar a la altura de los acontecimientos que debió juzgar.
Para la cobertura de ambas sillas judiciales se ha cumplido –en parte- con el procedimiento de audiencias públicas para la preselección de candidatos y el trámite continuará después del receso del Congreso, a partir del 1 de marzo de 2025.
Sobre las decisiones judiciales tomadas en el 2024, veamos algunas de las principales sentencias de la Corte Suprema de Justicia que tuvieron gran impacto o relevancia institucional.
Recién iniciado el año judicial, en el mes de febrero, la Corte Suprema de Justicia modificó un criterio de la justicia del trabajo y dejó sin efecto la capitalización periódica de intereses que tradicionalmente aplicaba. En muchos casos, esto causaba que las sentencias indemnizatorias en materia de despidos multiplicaban de forma repetitiva el resultado de las tasas y excedían los parámetros de ponderación razonable.
En pocas palabras, eran sentencias exorbitantes en relación a la economía, que generalmente asfixiaban al empleador e impedían su giro empresario.
En abril, la Corte rechazó –en dos casos diferentes- demandas dirigidas contra el pedido de inconstitucionalidad del principal decreto dictado por el Presidente: el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 denominado “Bases para la Reconstrucción de la Economía Argentina”. Debe decirse que el rechazo a los planteos se fundó por motivos formales ante la inexistencia de un caso concreto.
En el mes de junio, la Corte invalidó el intento de una provincia de fijar un impuesto a la actividad que despliega una empresa –en el caso, el Correo Argentino- cuando no le correspondía. Un nuevo criterio de justificación y reducción de impuestos parece haberse iniciado en el plano judicial.
En septiembre, el mismo tribunal declaró –para el caso- la inconstitucionalidad del artículo 132 bis de la ley de contrato de trabajo que reglamenta sanciones por retención de aportes. El argumento fue la evidente desproporcionalidad entre la sanción y su finalidad de prevención o punición de la evasión fiscal. Sobre esto debe decirse que el decreto de necesidad y urgencia derogó este artículo, pero el asunto está aún para resolver por la propia Corte Suprema.
En octubre, la Corte dictó sentencia sobre un caso de gestación subrogada y voluntad procreacional. Sin haber girado el debate sobre aspectos de trascendencia institucional, lo interesante del tema es que muchos de los jueces exhortaron al Congreso nacional a aprobar una ley sobre el tema. A la fecha, sin embargo, ni la Cámara de Diputados ni el Senado debatieron el asunto, pese al pedido judicial.
Finalmente y hace días, en diciembre, la Corte Suprema de Justicia resolvió un caso sobre la causa vinculada al Memorándum de Entendimiento con Irán, donde se encuentra involucrada, entre otros Cristina Kirchner. Así, dejó firme la decisión de celebrar el juicio oral y público que próximamente debe sustanciarse y debatirá cuestiones referidas a responsabilidades de funcionarios públicos que suscribieron el Memorándum.
Frente a todos estos temas sí tratados por la Corte Suprema de Justicia, no trató el fondo de Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023. Sin embargo, parte de él se encuentra cautelarmente suspendido en materia de reforma laboral y transformación de asociaciones deportivas en sociedades comerciales. Lo primero, desde el mes de marzo, y lo segundo desde hace pocos días.
En fin, el primer año de relación entre el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial se destaca por una relación institucional, pacífica y dentro de los carriles de las atribuciones constitucionales.
Sin ataques ni intrusiones indebidas.
Es noticia. Que sea costumbre.