- Transportistas o tripulantes de cualquier nacionalidad.
- Nacionales y residentes en la República Argentina, cualquiera sea su lugar de procedencia.
- Extranjeros autorizados para desarrollar una actividad laboral o comercial, para cumplir con una misión oficial diplomática, para participar de eventos deportivos, o para su reunificación familiar con argentinos o residentes.
- Extranjeros declarados en tránsito hacia otros países con una permanencia en el aeropuerto internacional menor a 24 horas.
Además, se “suspenden las autorizaciones que se hubieran otorgado de las rutas aéreas de los vuelos directos procedentes del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte; de Australia; de Dinamarca; de Italia y de Holanda, y con destino a esos países, ante el nuevo linaje en la secuenciación de muestras locales, respecto al ingreso de personas”.
La autoridad sanitaria nacional podrá ampliar la lista de países si el avance de la cepa lo amerita.