POLÉMICA

Régimen Penal Juvenil: una jueza de Moreno-General Rodríguez dijo que la nueva ley sigue vigente en ese territorio

La jueza Mirtha Guarino sostuvo que la Ley 27.801 debe aplicarse en los procesos de su jurisdicción y cuestionó que un juzgado de grado pueda suspender la vigencia de una norma nacional.

10 de septiembre de 2026 - 22:08
Régimen Penal Juvenil: una jueza de Moreno-General Rodríguez dijo que la nueva ley sigue vigente en ese territorio

La Justicia bonaerense volvió a mostrar criterios contrapuestos frente a la implementación del nuevo Régimen Penal Juvenil. La jueza de Garantías del Joven del Departamento Judicial Moreno-General Rodríguez, Mirtha Guarino, sostuvo que la Ley 27.801 continúa vigente en esa jurisdicción y que debe ser aplicada en los procesos que lleguen a su conocimiento.

La postura de la magistrada se conoció después de que la jueza Marta Elba Pascual dispusiera la suspensión preventiva de la reforma durante 60 días en todo el territorio bonaerense, a partir de un hábeas corpus preventivo colectivo presentado por la Federación Familia Grande Hogar de Cristo.

Guarino consideró que las dificultades que pueda generar la puesta en marcha del nuevo régimen no son suficientes para suspender judicialmente una ley nacional que se encuentra vigente. En ese sentido, señaló que su implementación puede demandar coordinación, adecuaciones e inversiones por parte de las autoridades provinciales, pero diferenció esas necesidades de la cuestión estrictamente jurídica sobre la vigencia de la norma.

La jueza también sostuvo que la Suprema Corte de Justicia bonaerense puede establecer pautas de coordinación, transición y organización para facilitar la aplicación del nuevo régimen. A su vez, remarcó que los poderes políticos de la Provincia cuentan con herramientas para disponer medidas vinculadas con infraestructura, presupuesto, personal, capacitación y dispositivos específicos.

Sin embargo, para la magistrada, la existencia de esos desafíos institucionales no habilita a un juzgado de primera instancia a suspender de manera general la aplicación de una ley dictada por el Congreso Nacional.

Por ese motivo, Guarino concluyó que la Ley 27.801 está vigente en el Departamento Judicial Moreno-General Rodríguez y debe aplicarse en los casos sometidos a su conocimiento, siempre dentro del marco establecido por la Constitución Nacional, los tratados internacionales de derechos humanos, la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y el resto de las normas aplicables.

Dos criterios judiciales frente al nuevo Régimen Penal Juvenil

La decisión de Moreno-General Rodríguez contrasta con la adoptada en Lomas de Zamora, donde la jueza Marta Elba Pascual hizo lugar a un hábeas corpus preventivo colectivo y ordenó suspender durante 60 días la aplicación de la reforma en la Provincia de Buenos Aires.

En ese expediente, la magistrada fundamentó la medida, entre otros argumentos, en el principio precautorio y la necesidad de prevenir una eventual afectación de los derechos de los adolescentes ante la implementación del nuevo régimen.

La resolución de Guarino introduce así un nuevo elemento en la discusión judicial sobre la reforma: mientras una decisión ordenó frenar preventivamente su aplicación en territorio bonaerense, otra magistrada sostiene que la norma mantiene su vigencia y debe ser aplicada en su departamento judicial.

El escenario deja planteada una cuestión que deberá definirse en las instancias superiores: cómo compatibilizar la entrada en vigencia de la Ley 27.801 con las condiciones necesarias para su implementación y con las garantías constitucionales y convencionales que protegen a niños, niñas y adolescentes.

Compartir
Facebook
Twitter
Whatsapp
Se habló de

Noticias más leídas

Más sobre Política