ANSES Jubilados y pensionados: Cómo vuelvo a activar el cobro de mis haberes
En el caso de que la ANSES suspenda el cobro de sus haberes a un jubilado o pensionado, se deberá hacer un trámite de activación para volver a cobrarlo. Si bien la presentación es presencial, con turno previo en oficina de ANSES, previamente se deberá pedir fecha por la web y completar la información requerida de la siguiente manera:
- Ingresar a mi ANSES con Clave de la Seguridad Social y verificar que los datos de contacto, personales y familiares estén correctos.
- Descargar el Formulario Reclamo de haberes (PS 6.236) y llevarlo completo el día del turno. En el caso de que el trámite lo realice un apoderados, deberá presentar el Formulario “Carta Poder” (PS.6.4) para tramitar o poder general otorgado por escribano, solo en caso que el apoderado no figure en el recibo de cobro.
- Solicitar un turno para ser atendido en una oficina de ANSES.
Es importante aclarar que la suspensión del cobro no implica la baja de la jubilación o pensión. Sino que, una vez realizada la activación, se comenzará a cobrar nuevamente.
ANSES Jubilados y pensionados: documentación para tramitar la activación de haberes
La activación del cobro de haberes puede realizarla el propio jubilado o pensionado, o bien un apoderado. En cada caso, la documentación es:
DNI
Formulario PS 6.236 - Reclamo de haberes
Documentación que justifique activar la prestación suspendida (Por ejemplo, certificado de estudios, cese o certificado de Fe de vida)
Formulario “Carta Poder” (PS.6.4) para tramitar o poder general otorgado por escribano, solo en caso que la/el apoderada/o no figure en el recibo de cobro.
Certificado de Fe de Vida de la persona titular emitido por autoridad policial, judicial, consular o, en caso de internación, por la máxima autoridad de la institución donde se encuentre (director o administrador)
Si el jubilado o pensionado se encuentra en el exterior, tendrá que presentar el reclamo a través de un apoderado, representante o banco apoderado. Además, se deberá agregar el certificado de Fe de Vida del titular de la prestación, extendido por el consulado argentino del país de residencia.