Previsional

Atención ANSES: quiénes cobran desde mañana el extra de $78.000

La Administración Nacional de Seguridad Social continúa con el calendario de pagos de todos sus beneficios, entre ellos la entrega de un plus de $ 78.000 a un numeroso grupo. ¿De quiénes se trata?
Atención ANSES: quiénes cobran desde mañana el extra de $78.000 (Foto: archivo)

Atención ANSES: quiénes cobran desde mañana el extra de $78.000 (Foto: archivo)

Se trata de la Prestación por Desempleo de ANSES, una medida económica que tiene como fin ayudar a las personas que trabajaban en relación de dependencia y fueron despedidas sin justa causa, por causas externas o finalización de contrato.

Desde diciembre, el pago no puede ser inferior a $ 78.000 ni puede alcanzar una suma superior a los $ 156.000, determinado por el Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM). Las cuotas son entre 2 y 12, según la antigüedad de trabajo.

En enero, los beneficiarios de este subsidio empiezan a percibir sus haberes en la última semana del mes. Los primeros en cobrar serán las personas con el DNI finalizado en 0 y 1, el martes 23.

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El trámite de la prestación por desempleo es personal y el trabajador cuenta con 90 días hábiles para solicitarla desde la fecha en que se produjo la ruptura de la relación laboral. (Foto: archivo)

El trámite de la prestación por desempleo es personal y el trabajador cuenta con 90 días hábiles para solicitarla desde la fecha en que se produjo la ruptura de la relación laboral. (Foto: archivo)

Prestación por Desempleo ANSES: cuándo cobro

Las fechas de cobro del seguro de desempleo son:

  • Documentos terminados en 0 y 1: 23 de enero.
  • Documentos terminados en 2 y 3: 24 de enero.
  • Documentos terminados en 4 y 5: 25 de enero.
  • Documentos terminados en 6 y 7: 26 de enero.
  • Documentos terminados en 8 y 9: 29 de enero.

Prestación por Desempleo ANSES: cómo tramitarla

El trámite es personal y el trabajador cuenta con 90 días hábiles para solicitarla desde la fecha en que se produjo la ruptura de la relación laboral. Debe presentar:

  • Telegrama de despido.
  • Carta documento o nota del empleador con firma certificada y DNI.