Reconocimiento de aportes por tareas de cuidado: Quiénes pueden jubilarse
Con el objetivo de facilitar que las mujeres que no tienen los años de aportes por haberse dedicado al cuidado de sus hijos, puedan acceder al derecho a jubilarse, la ANSES habilita la opción de tramitar el Reconocimiento de aportes por tareas de cuidado.
Este beneficio está dirigido únicamente a las mujeres con hijas y/o hijos, en edad de jubilarse (60 años o más) que no cuenten con los años de aportes necesarios.
Es importante destacar que, a su vez, no podrán solicitarla quienes ya tengan una jubilación o la estén tramitando.
Reconocimiento de aportes por tareas de cuidado: Cómo me jubilo
Las mujeres que cumplan con los requisitos para acceder a la jubilación por Reconocimiento de aportes por tareas de cuidado, pueden computar aportes de la siguiente manera:
- 1 año de aportes por cada hija o hijo
- 2 años de aportes por cada hija o hijo adoptado
Además, ANSES agrega 1 año por hija o hijo con discapacidad y 2 años si accedieron a la Asignación Universal por Hija e Hijo por al menos 12 meses.
También se tienen en cuenta los plazos de Licencia por Maternidad y de excedencia a las mujeres que hayan hecho uso de estos períodos al momento del nacimiento de sus hijas o hijos.
Por otra parte, esta medida es compatible y, de ser necesario, puede complementarse con la moratoria vigente (Ley 24.476) y con el Plan de Pagos de Deuda Previsional.
Reconocimiento de aportes por tareas de cuidado: Cuál es el trámite
El trámite para la jubilación por Reconocimiento de aportes por tareas de cuidado se realiza de manera presencial en alguna de las oficinas de la ANSES. Para ello se debe sacar un turno desde la página web ingresando con CUIL y Clave de la Seguridad Social a https://servicioswww.anses.gob.ar/TurnosInternet/Solicitud/IngresoSolicitud?idprest=112 y completando la información en la sección “Asesoramiento por tareas de cuidado”.
Es importante revisar en “Información Personal” > “Datos personales y familiares” que los datos de los hijos se encuentren registrados en mi ANSES.
Para la atención presencial, la persona que tramita la jubilación deberá presentarse con su DNI y las partidas de nacimiento de sus hijas o hijos. En el caso de hijos con discapacidad, es necesario el Certificado de Discapacidad (CUD), mientrar que si son adoptados, se debe presentar la sentencia de adopción.