Se informa que para acceder a esta prestación de la Administración Nacional de la Seguridad Social, el primer paso es acreditar el estado de gestación. La interesada debe completar el Formulario PS 2.67 y solicitar la firma de un profesional médico que certifique las semanas de embarazo. Posteriormente, se establece que es obligatorio realizar la inscripción en el Programa SUMAR del Ministerio de Salud para habilitar la cobertura sanitaria.
Una vez reunida la documentación, el trámite ante la Administración Nacional de la Seguridad Social se puede realizar de forma presencial con turno previo o de manera virtual a través de la plataforma Mi ANSES. Se confirma que tras la carga del formulario y la validación de los datos personales, el organismo procede a la liquidación del beneficio según el cronograma de documentos, depositando el primer pago de forma retroactiva si corresponde.
¿Cómo se liquida el monto mensual de la asignación?
Se establece que la Administración Nacional de la Seguridad Social aplica un sistema de pago diferido para garantizar el seguimiento médico. Las beneficiarias perciben mensualmente el 80% del valor total de la asignación, lo que representa un cobro directo de $113.028,80. El 20% restante queda retenido por el organismo previsional como garantía del cumplimiento de los controles prenatales obligatorios.
Se informa que este monto acumulado es liberado por la Administración Nacional de la Seguridad Social una vez que se produce el nacimiento o la interrupción del embarazo. Al presentar el certificado correspondiente y acreditar los controles de salud, el organismo transfiere la suma retenida a la cuenta bancaria de la titular. Este mecanismo asegura que el beneficio funcione no solo como una ayuda financiera, sino como un incentivo para el cuidado sanitario integral.
¿Qué requisitos de ingresos y residencia exige la ANSES?
Se confirma que para calificar a este beneficio de la Administración Nacional de la Seguridad Social, la solicitante debe ser argentina o naturalizada y contar con DNI. En el caso de personas extranjeras, se establece que deben acreditar una residencia legal mínima de 3 años en el país. Además, se informa que es requisito no contar con cobertura de obra social, asegurando que los recursos se destinen a quienes dependen exclusivamente del sistema público.
La Administración Nacional de la Seguridad Social verifica que los ingresos del grupo familiar no superen el Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente. El cumplimiento de estas condiciones es estrictamente monitoreado mediante cruces de datos automáticos con otros organismos estatales. Se establece que cualquier inconsistencia en los datos laborales o patrimoniales puede derivar en la suspensión inmediata de la prestación por embarazo durante el mes de mayo.
¿Cuándo es el calendario de cobro de mayo por terminación de DNI?
Se informa que la Administración Nacional de la Seguridad Social iniciará los depósitos el lunes 11 de mayo bajo el siguiente esquema:
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DNI 0: 11/5
DNI 1: 12/5
DNI 2: 13/5
DNI 3: 14/5
DNI 4: 15/5
DNI 5: 18/5
DNI 6: 19/5
DNI 7: 20/5
DNI 8: 21/5
DNI 9: 22/5