Por hijo nacido con vida: se acredita 1 año de aporte general por cada hijo.
Por cobro de la AUH: se adicionan 2 años extra de aportes por cada hijo si la madre percibió la asignación durante al menos 12 meses (sumando 3 años en total por hijo).
Por hijo con discapacidad: se suma 1 año de aporte adicional sobre el esquema que corresponda.
Por adopción: se reconocen 2 años de aportes directos por cada menor adoptado.
¿Qué requisitos exige ANSES para tramitar el reconocimiento por tareas de cuidado?
Para iniciar el trámite de jubilación mediante la acreditación de aportes por crianza, la solicitante debe cumplir estrictamente con las siguientes condiciones:
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Edad mínima: tener 60 años cumplidos o más (no se puede solicitar con anterioridad).
Situación previsional: no contar con una jubilación otorgada ni registrar un trámite jubilatorio en curso.
Aportes requeridos: completar los 30 años de servicios exigidos combinando los años computados por tareas de cuidado con los aportes laborales registrados en el historial de ANSES.
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¿Cómo verificar que los hijos estén cargados en Mi ANSES antes de pedir el turno?
La acreditación de los vínculos familiares debe estar regularizada en la base de datos oficial antes de acudir a la oficina del organismo:
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Acceso a la plataforma: ingresar a la web oficial o aplicación Mi ANSES con número de CUIL y Clave de la Seguridad Social.
Consulta de datos: seleccionar el menú Información Personal y luego presionar en Datos personales y familiares.
Revisión de partidas: comprobar que todos los hijos figuren en el sistema. En caso de ausencias o errores, se deberá presentar la partida de nacimiento física el día del turno.
¿Qué documentación hay que presentar en la oficina de ANSES para jubilarse?
El procedimiento se realiza de manera presencial en una Unidad de Atención Integral (UDAI) con turno previo, presentando los siguientes documentos originales:
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DNI de la madre: documento nacional de identidad actualizado en original y fotocopia.
Partidas de nacimiento: actas de nacimiento de cada uno de los hijos, debidamente firmadas y selladas.
Certificado de Discapacidad (CUD): en caso de corresponder, para acreditar el año extra de aporte.
Sentencia judicial de adopción: documentación respaldatoria únicamente si los menores fueron adoptados.