Ayuda económica

JUBILADOS de ANSES: cuánto cobrarán en JUNIO con el BONO CONFIRMADO de $70 mil

El Gobierno nacional aumentará un 8,83% las jubilaciones en junio y además otorgará otro bono, tal como en los meses anteriores.

El Gobierno confirmó un nuevo bono de $ 70.000 para jubilados que cobran la mínima (Foto: archivo).

El Gobierno confirmó un nuevo bono de $ 70.000 para jubilados que cobran la mínima (Foto: archivo).

Con estos números, el haber mínimo alcanzará los $206.874,06 en el sexto mes del año. Si se le suma el bono, el total que cobrará un jubilado con la mínima será de $276.874,06.

Con el incremento del 8,83%, la PUAM subirá de $152.113,28 a $165.544,90; y las Pensiones no contributivas de $133.099,12 a $144.851,75. En tanto, el haber máximo trepará a $1.390.000.

Además, en junio, en la fecha en que cobran sus haberes mensuales, los jubilados y pensionados también recibirán la primera cuota del aguinaldo.

El vocero presidencial Manuel Adorni anunció este viernes la ayuda económica y señaló que la extensión del bono para jubilados tiene como objetivo que “nunca más pierdan contra el nivel inflacionario y su poder adquisitivo no sea resentido”.

Jubilaciones y pensiones: cómo serán los aumentos desde julio

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El aumento de jubilaciones y pensiones por IPC regirá desde julio de 2024 (Foto: ANSES).

El aumento de jubilaciones y pensiones por IPC regirá desde julio de 2024 (Foto: ANSES).

El aumento de jubilaciones y pensiones por IPC regirá desde julio de 2024. En estos meses previos, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) otorga adelantos.

En mayo fue de 11% y en abril fue de 13,2%, cifra correspondiente a la inflación de febrero- sumado a un 12,5% de recomposición. A esto se le agregó el bono de $70.000 para los que perciben la mínima.

Ahora, en junio, las jubilaciones y pensiones subirán un 8,83% por el adelanto por la inflación de abril.

Según el DNU 274, “los incrementos dispuestos serán a cuenta de la movilidad a pagar en junio de 2024 conforme el índice que se obtendrá de acuerdo a la fórmula de movilidad vigente a la fecha del dictado del presente. Una vez obtenido el porcentaje que surja de esta, se descontarán los puntos porcentuales de los incrementos acumulados que la persona beneficiaria hubiera percibido”.

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