Familia

Cambiar el apellido paterno en Argentina: cuándo está permitido y cómo hacer el trámite

La legislación argentina permite modificar el apellido paterno cuando existen "justos motivos". Qué situaciones contempla la ley, cuándo interviene la Justicia y cómo iniciar el trámite.

07 de noviembre de 2026 - 13:01
Cambiar el apellido paterno en Argentina: cuándo está permitido y cómo hacer el trámite

El cambio del apellido paterno en Argentina requiere, como regla general, una autorización judicial y la acreditación de motivos fundados.

Cambiar el apellido paterno en Argentina no es un trámite automático. La legislación vigente establece que cualquier modificación del apellido debe fundarse en la existencia de "justos motivos" y, como regla general, requiere una decisión judicial, con el objetivo de resguardar el derecho a la identidad y la seguridad jurídica.

El Código Civil y Comercial de la Nación reconoce el derecho y el deber de toda persona de utilizar el prenombre y el apellido que le corresponden en su artículo 62. A su vez, el artículo 69 dispone que la modificación del nombre o del apellido solo puede autorizarse cuando existan "justos motivos", cuya valoración queda en manos del juez.

Si bien existen supuestos excepcionales en los que el cambio de apellido no requiere intervención judicial, cuando la solicitud busca suprimir, reemplazar o desvincular el apellido paterno por motivos personales o familiares, la vía judicial es la regla general.

Cuándo se puede cambiar el apellido paterno en Argentina

La ley no define de manera cerrada qué se entiende por un "justo motivo". El propio artículo 69 establece una enumeración no taxativa, lo que habilita a los jueces a analizar cada caso según sus particularidades.

Entre los motivos expresamente contemplados se encuentran el seudónimo que haya adquirido notoriedad, la raigambre cultural, étnica o religiosa y la afectación de la personalidad de la persona interesada, cualquiera sea su causa, siempre que se encuentre debidamente acreditada.

En ese marco, los tribunales evalúan si el apellido paterno provoca un perjuicio concreto y si el cambio solicitado afecta el orden público o los derechos de terceros.

En el caso de niñas, niños y adolescentes, la Justicia prioriza el "interés superior del niño" y su derecho a la identidad. También considera su historia familiar, el vínculo con sus progenitores y la opinión que puedan expresar de acuerdo con su edad y grado de madurez.

A partir de este marco legal, los pedidos de cambio del apellido paterno pueden prosperar cuando se acredita que su mantenimiento genera un impacto negativo concreto en la vida de la persona. Una preferencia personal o un desacuerdo familiar, por sí solos, no necesariamente constituyen motivos suficientes: deben existir razones fundadas que justifiquen la modificación.

Entre las situaciones que pueden ser evaluadas por la Justicia se encuentran los antecedentes de violencia familiar, abandono, abuso u otros hechos graves que hayan afectado el vínculo parental, así como los casos en los que el uso del apellido provoca un daño psicológico o compromete la estabilidad emocional.

También pueden considerarse los casos en los que la persona fue criada exclusivamente por una figura parental distinta al padre biológico y entiende que el apellido que lleva no refleja su historia familiar ni su identidad. Sin embargo, estas circunstancias deben analizarse en función de las particularidades de cada situación y de las pruebas presentadas.

Asimismo, la Justicia puede evaluar pedidos fundados en razones culturales, étnicas o religiosas que inciden directamente en la identidad personal, y situaciones en las que el apellido paterno posee una connotación socialmente vejatoria o estigmatizante.

En todos los supuestos, el juez analiza las circunstancias particulares del caso, la prueba producida y el impacto concreto del apellido en la vida cotidiana de la persona solicitante. Además, verifica que la modificación no afecte el orden público ni los derechos de terceros.

En qué casos se puede cambiar el apellido paterno sin intervención judicial

El artículo 69 del Código Civil y Comercial contempla situaciones excepcionales en las que el cambio de nombre puede realizarse sin intervención judicial.

Entre ellas se encuentran los casos de personas que fueron víctimas de desaparición forzada, apropiación ilegal o alteración o supresión del estado civil o de la identidad. En estos supuestos, la ley reconoce la existencia de justos motivos para solicitar la modificación del prenombre y del apellido.

También se contempla el caso de personas adoptadas cuya separación de su familia biológica haya sido consecuencia del terrorismo de Estado. En esas circunstancias, se puede solicitar el cambio de prenombre y apellido de acuerdo con las disposiciones legales correspondientes.

Por otra parte, el cambio de prenombre por razones de identidad de género, previsto en la Ley 26.743, se realiza por vía administrativa ante el Registro Civil. Sin embargo, esta disposición se refiere al prenombre y no habilita por sí misma la modificación del apellido paterno.

Cómo iniciar el trámite para cambiar el apellido paterno en Argentina

El procedimiento depende del motivo de la solicitud. Cuando el pedido se encuadra en alguno de los supuestos excepcionales previstos por la ley, puede realizarse por vía administrativa ante el Registro Civil, sin necesidad de una decisión judicial previa.

En cambio, cuando se busca suprimir, reemplazar o desvincular el apellido paterno por razones personales, familiares o vinculadas a un perjuicio emocional o identitario, la presentación debe iniciarse por la vía judicial.

En estos casos, el pedido se tramita ante el juzgado competente, con el patrocinio de un abogado y de acuerdo con las normas procesales de cada jurisdicción. La persona solicitante debe exponer los motivos del cambio y aportar las pruebas que permitan acreditar la existencia de "justos motivos".

El procedimiento contempla la intervención del Ministerio Público, la publicación de edictos y la posibilidad de que terceros presenten una oposición dentro del plazo legal.

Si la resolución judicial resulta favorable, se ordena la inscripción de la modificación en el Registro Civil. A partir de allí, la persona puede actualizar el DNI y el resto de la documentación personal.

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