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Las armas encontradas en el Coto de Caballito. (Foto: archivo).
“La dimensión de la empresa no los excluye de responsabilidad. Ello, dado que los mencionados asumieron obligaciones personalmente ante la ANMAC y frente al contenido de las pruebas que demostraron tanto que ambos conocían y ejercían dominio y poder de decisión sobre el material prohibido secuestrado", indicó el fallo.
Sobre la responsabilidad directa de Germán Coto, señalaron: “Reconoció haber adquirido el subfusil UZI serie N° 920504… el cual jamás fue retirada ni utilizada, puesto que tenía faltantes y debía ser reparada, pero se hallaba en el mismo sector de guarda junto a las demás armas.”
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Los Coto apelaron a la última instancia judicial para que determine si tienen que enfrentar un juicio por el hallazgo de las armas de fuego o no. (Foto: archivo).
La Cámara concluyó que debía procesarse a los Coto como coautores penalmente responsables de tenencia ilegítima de armas de fuego y explosivos.
Tras la decisión de Casación, la defensa del empresario interpuso un recurso extraordinario. Borinsky y Carbajo habilitaron la vía para que el caso llegue a la Corte Suprema, aunque cuestionaron los argumentos presentados. Hornos se pronunció en contra. Así, el futuro del proceso quedó en manos del máximo tribunal, que deberá resolver si confirma la elevación a juicio oral o si ratifica el sobreseimiento de los empresarios.