Censo 2022: ¿qué negocios no podrán abrir?
Según el artículo 2 de la Ley 24.254, el día que se realiza el censo "quedan prohibidas hasta las veinte (20) horas, las funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas y en general toda clase de espectáculos y reuniones públicas al aire libre o en recintos cubiertos”.
Además, tampoco podrán abrir hasta el mismo horario los siguientes negocios:
- Restaurantes
- Bares
- Confiterías
- Casas de expendio de bebidas y similares
- Rotiserías
- Panaderías y todo comercio de venta de artículos alimenticios y de bebidas.
Cervecería.jpg
Censo 2022: los bares deberán permanecer cerrados hasta las 20
¿Qué negocios sí pueden abrir el día del Censo 2022?
En cambio, sí podrán permanecer abiertos prestando servicios comercios e instituciones como:
- Hospitales
- Centros de salud
- Estaciones de servicio
- Farmacias, entre otros.
En este sentido, podrán funcionar todos los negocios que no están nombrados en el apartado de la mencionada norma mientras que quienes concurran a trabajar en alguna de estas instituciones y negocios, deberán cerciorarse de que al menos un miembro del grupo familiar se encuentre en la vivienda al momento en que se realice la encuesta o muestre el QR que certifica que el censo ya fue realizado de forma digital.
Hospital Garrahan caso de hepatitis 1.jpg
Los hospitales podrán permanecer abiertos durante la realización del Censo 2022
¿Hasta cuánto hay tiempo de realizar el Censo digital 2022?
- El Gobierno informó que las personas tienen tiempo para realizar el cuestionario en forma digital hasta el mismo 18 de mayo, a las 8 de la mañana inclusive. Para realizarlo se deberán seguir los siguientes pasos:
- Ingresar a la página oficial y seguir las instrucciones para generar el código único de la vivienda. Se trata de cinco dígitos alfanuméricos que se consiguen ingresando los datos del domicilio en cuestión.
- Responder a las 61 preguntas del cuestionario digital final y guardar el comprobante de finalización, un código alfanumérico de seis dígitos que deberá ser presentado ante el censista.
- El día del Censo Nacional, debe ser presentado ante el o la censista que visite el domicilio.