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La base del impuesto comenzó 2022 en $225.000 para pasar a $280.792 a partir de junio, y volver a ajustarse a partir de noviembre en el orden de los $330.000. Por lo que si bien se ajusta un 78.83% respecto de enero 2022, será una mejora de 22.4% respecto del período de diciembre 2022.
¿Qué pasará con quienes superen el mínimo no imponible?
A diferencia de las actualizaciones por decreto que se dan durante el año y quedan a discreción del Ejecutivo tanto por qué conceptos de deducciones actualizar como cuanto y cuando, la del inicio del año es por la Ley de Impuesto a las Ganancias. Esta última actualiza tanto la suba del mínimo no imponible (MNI), como la deducción especial que eleva el umbral desde el que se tributa y también actualiza las principales deducciones que puede hacer el contribuyente para atenuar la carga impositiva y las escalas.
En ese sentido, los salarios brutos mayores a $404.062 pero inferiores a $466.017, van a poder computar un monto en concepto de deducción especial incrementada. Por encima del límite máximo, deberán pagar Ganancias de forma completa.
¿Qué conceptos se pueden deducir?
- Ganancia no imponible
- Cargas de familia con máximo de entradas netas
- Cónyuge o conviviente
- Hijos de hasta 18 años
- Hijo o hijastro incapacitado para el trabajo
- Deducción especial art 82:
- Empleados
- Autónomos
- Art. 53 (Tercera categoría)
- Nuevas profesiones o nuevos emprendedores
- Gastos de educación
- Gastos de sepelios
- Intereses de créditos hipotecarios
- Personal de Casas Particulares