A casi 20 días de la implementación del Compre sin IVA, todavía hay consumidores que reclaman su reintegro o que aún desconocen si les corresponde la devolución del 21% por compras realizadas con tarjeta de débito en productos de la canasta básica.
A casi 20 días de la implementación del Compre sin IVA, todavía hay consumidores que reclaman su reintegro o que aún desconocen si les corresponde la devolución del 21% por compras realizadas con tarjeta de débito en productos de la canasta básica.
Los reintegros, con un límite mensual de $18.800 por persona, se acreditan automáticamente en la cuenta bancaria donde la persona recibe sus ingresos, asignaciones, pensiones o jubilaciones. Este proceso puede demorar hasta 48 horas después de la compra.
Las compras realizadas antes de las 17 hs del día se reintegrarán en las 24 horas siguientes al consumo, mientras que las compras posteriores a las 17 hs se acreditarán en un plazo de hasta 48 horas.
Para avanzar con el trámite es necesario que los beneficiarios tengan su Clave Bancaria Uniforme (CBU) declarada ante la AFIP. El reclamo se puede realizar de forma virtual a través del sitio web de AFIP, completando un formulario con datos personales y los motivos del reclamo.
Para verificar si se es beneficiario del programa de devolución del IVA, la AFIP ha habilitado un sitio web donde se puede ingresar el CUIL/CUIT y el código de seguridad, y obtener información sobre la inclusión en el programa. El enlace para realizar la consulta es https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/reintegro/consulta.aspx.
Cabe recordar que el beneficio incluye a jubilados, pensionados, monotributistas, personal de casas particulares, titulares de asignaciones como la Universal por Hijo (AUH), asignación por embarazo, Tarjeta Alimentar, Potenciar Trabajo y trabajadores en relación de dependencia con salarios que no superen los seis salarios mínimos ($708.000).
No están incluidos en el programa los trabajadores autónomos y aquellos sujetos al Impuesto sobre los Bienes Personales, a excepción de quienes lo deben por la tenencia de una vivienda única.