Desde la semana pasada rige el programa Compre sin IVA para aquellas operaciones con tarjeta de débito que se realicen en alimentos y productos de la canasta básica.
Desde la semana pasada rige el programa Compre sin IVA para aquellas operaciones con tarjeta de débito que se realicen en alimentos y productos de la canasta básica.
El reintegro previsto comprenderá las transferencias instrumentadas mediante tarjetas de débito que operen bajo la modalidad de Pago Electrónico Inmediato (PEI), así como los pagos con débito en cuenta o transferencias inmediatas a través de la utilización de códigos de respuesta rápida (QR).
El programa comenzó a regir este lunes 18 de septiembre.
Vale recordar que quedan excluidos del régimen de reintegros las personas obligadas a tributar el impuesto sobre los bienes personales, siempre que dicha obligación no surja exclusivamente de la tenencia de un inmueble para vivienda única, y los trabajadores autónomos.
El sitio oficial de AFIP puso a disposición una sección en la que el usuario puede ingresar sus datos personales y así conocer si se le hará la devolución del IVA por las compras que realice en los productos de la canasta básica.
El beneficiario debe hacer una compra con tarjeta de débito o a través de pagos con débito con códigos QR, y el monto del IVA se acreditará directamente en la caja de ahorro de la persona en 48 horas (dentro de las 24 horas para las compras realizadas entre las 0:00 y las 17 del mismo día, y dentro de las 48 horas para las realizadas después de las 17 horas)
Una vez realizados los reintegros, estos aparecerán en los resúmenes de cuenta de cada mes con el identificador “Reintegro programa Compre sin IVA”.
Para acceder al beneficio no es necesario realizar un trámite previo.
De acuerdo al monto permitido para devolución, una persona puede comprar hasta $89.523,81 y recibir el reembolso total del IVA.
Según anunció Sergio Massa, la devolución es del total del impuesto, es decir, del 21%, y el monto de devolución asciende hasta $18.800 mensuales, que es lo que la legislación vigente permite.
Alimentos, bebidas, frutas, verduras, carne y productos de higiene personal y de la canasta del hogar.
Si uno tiene dos o más tarjetas de débito de dos entidades distintas, hay que chequear qué CBU está registrada en la AFIP. La que aparezca ingresada en el registro del organismo que conduce Carlos Castagneto será la que reciba los reintegros.
"Si vos tenés más de una tarjeta de débito con distintos bancos, la primera tarjeta de débito que vos utilices va a quedar tildada como la única tarjeta de débito que se puede utilizar para comprar productos de la canasta básica sin IVA", señalaron en el organismo.
Así, para aprovechar el programa, los usuarios deberán usar siempre la misma tarjeta de débito. Ya que si la primera compra se hace con el plástico de una entidad, pero luego se hacen compras con otra tarjeta, esos consumos no tendrán reintegro