Cambios impositivos

Quién va a pagar Ganancias con la ley de Javier Milei

Diputados aprobó en general la “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”, y uno de sus puntos clave reside en la reforma del impuesto a las Ganancias. De sancionarse la norma, ¿quiénes volverán a pagar ganancias?

Quién va a pagar Ganancias con la ley de Javier Milei (Foto: archivo)

Quién va a pagar Ganancias con la ley de Javier Milei (Foto: archivo)

Por estas horas la ley se aprobó en general, y la sesión continúa con la presentación de cuestiones de privilegio y la votación en particular que se realizará por capítulos, uno de ellos el que repercutirá en los bolsillos de los trabajadores que volverían a pagar el gravamen.

Si se aprueba el capítulo sobre Ganancias del proyecto de ley, en los próximos meses deberán pagar el impuesto quienes tengan un salario neto de $1.494.000 (una remuneración bruta mensual de $1.800.000), en caso de ser solteros.

Por otra parte, si se trata de un empleado con cónyuge y dos hijos menores de 18 años declarados a su cargo, el salario neto más bajo alcanzado por el impuesto será de $1.981.278, que equivale a una remuneración bruta de $2.300.000 en abril y de $2.335.091 en mayo (la diferencia reside en los aportes a la seguridad social, dado el reajuste de la remuneración tope para calcular el descuento).

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Intenso debate en Diputados. (Foto: archivo)

Intenso debate en Diputados. (Foto: archivo)

En el caso de que un empleado sea soltero, pero deduzca a dos hijos menores, tributará a partir de un salario neto de $1.738.683, es decir un bruto de $2.057.405 en abril y de $2.092.497 en mayo.

El texto del capítulo fiscal de la ley que se trata en el recinto vuelve al esquema que regía hasta septiembre de 2023, como ya había sido presentado a inicios de año, aunque con una “actualización” por inflación desde la anterior propuesta para el llamado piso.

El proyecto fija una actualización anual por inflación para las deducciones y escalas del impuesto a partir del período fiscal 2025, y para este año, faculta al Poder Ejecutivo a definir si actualiza o no esos parámetros una vez que la ley sea aprobada por el Congreso.

Se establece, además, que los cambios comenzarán a regir cuando entre en vigencia la nueva ley, es decir, que no habrá retroactivo ni se genera devolución hasta la nueva reforma.

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