El “Programa Repro II, lanzado en noviembre del 2020, consiste en una suma dineraria individual y fija a abonar a los trabajadores y las trabajadoras, a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los empleadores y las empleadoras adheridos al Programa.
Monto del Repro II
El monto de la asistencia es variable según el sector en que la empresa desarrolle sus actividades:
- Sectores afectados no críticos: hasta $9.000
- Sectores críticos: hasta $22.000
- Sector salud: hasta $22.000
REPRO II: Cuáles son los requisitos de inscripción
Las empresas que quieran solicitar el Repro II deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Tener domicilio fiscal electrónico.
-Nómina de personal dependiente, incluyendo la remuneración total y Clave Bancaria Uniforme de la trabajadora o del trabajador.
- Completar, vía formulario web, un conjunto de indicadores económicos, patrimoniales y financieros.
- Certificación Contable de la veracidad de la información incluida en el formulario web, certificada por el Consejo de Ciencias Económicas (empleadores de 800 o más trabajadores).
- Último balance del ejercicio exigible. Tiene que estar certificado por el Colegio de Profesionales de Ciencias Económicas. La certificación podrá ser hológrafa o digital.
- La presentación del balance del último ejercicio cerrado no será requerida para:
- las asociaciones civiles y todo otro empleador o empleadora que no esté sujeto a la presentación del mismo: monotributistas y autónomos, sociedades de hecho, SAS, fideicomisos
- los empleadores y empleadoras que iniciaron su actividad económica a partir del 1° de diciembre de 2019.
- Declaración jurada mediante la cual el titular de la empresa solicitante manifiesta ser sujeto pasivo de la obligación de pago del aporte extraordinario previsto en el artículo 1° de la Ley 27.605 y ha cumplido con dicha obligación.
- Empresa sector salud: planilla con la nómina de trabajadores excluidos, cuyas actividades laborales comprenden, en forma exclusiva, la administración y comercialización y toda otra prestación de servicios dedicada a los seguros de cobertura de salud, bajo el régimen de medicina prepaga u obra social (Resolución N° 19/2021).
Salarios para monotributistas y trabajadores autónomos
En relación a los requisitos para evaluar el ingreso al Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos, se tomará en cuenta:
- Presentar una reducción de la facturación superior al VEINTE POR CIENTO (20%) en términos reales, para el periodo comprendido entre Agosto 2021 y Agosto 2019.
-Periodo de referencia de pagos a acreditar:
*Autónomos: de 01/2021 hasta 07/2021
* Monotributo: de 2/2021 hasta 8/2021
- Corte de pago Monotributistas: Pagos hasta el 23 de Septiembre de 2021 inclusive.