Poder Judicial

Avión venezolano-iraní: ¿Por qué la Justicia decidió sobreseer a los 5 tripulantes y cómo puede seguir la causa?

La justicia los sobreseyó por falta de mérito después de 4 meses. ¿Qué dice el fallo del juez Villena? ¿Cómo sigue la investigación a partir de ahora?
Rosario Bigozzi
por Rosario Bigozzi |
El avión venezolano-iraní. 

El avión venezolano-iraní. 

A su vez, el magistrado dispuso el levantamiento de la prohibición de salida del país y la devolución de sus documentos de viaje. Como consecuencia de este fallo, A24.com pudo saber que los 5 implicados comparecerán este lunes en el juzgado de Lomas de Zamora, y luego abandonarán la Argentina.

Por otro lado, si la fiscal federal Cecilia Incardona o la querella representada por la DAIA apelaran la resolución de Villena, no habría razón para que se postergue el regreso a sus hogares, pues “por disposición del art. 311 del Código Procesal, las apelaciones no tienen efecto suspensivo”.

Los cinco tripulantes esperaron esta resolución durante 4 meses desde que se inició esta causa el 13 de junio pasado, con el allanamiento en el hotel donde se alojaban todos los tripulantes. En esa ocasión secuestraron teléfonos celulares, computadoras, pendrives y pasaportes, incluida la inspección y el embargo de la aeronave, más la extracción de la caja negra.

Hace 4 semanas la Cámara Federal de La Plata autorizó la salida del país de 12 tripulantes. En ese fallo, el tribunal había sostenido que todas las diligencias pendientes debían ser resueltas en el plazo de diez días, que se computarían desde que este legajo llegara a manos del juez. Luego Villena llamó a indagatoria a los 3 iraníes y 2 venezolanos, quienes presentaron un escrito y se negaron a declarar.

En el mismo fallo, el juez dejó sin efecto la medida cautelar que pesa sobre la aeronave matrícula YV 3531 de la empresa Emtrasur, ordenó librar una serie de exhortos a Venezuela y a Irán, para que documenten la cancelación de los pagos por la compra de la aeronave, toda documentación que posea sobre el asesoramiento de los tripulantes, los vuelos históricos, la carga que fue transportada en cada uno de esos vuelos y el detalle la nómina de la tripulación.

En otro orden, requirió a la Oficina Regional del Buró Federal de Investigaciones (FBI), que informa los antecedentes sobre Rezzas Llc, Saveh White Cement Company, Instalaciones Pergo S.A, Vipego Promociones y Construcciones, Ribeco Inversion Sl, Sistemas de Edificación 2004 Fpi Sl, Perez Gomez Victor Manuel, Geosolar Pergo Sl, Permit 2 Fly Pte. Ltd, Ipm Project Management, Mohammad Bagher Moemeni , Mellat Compañía Nacional de Distribución y Petróleo Irani, Fly Jet Center Fz Llc – Dubai Uae, y Grupo Pelota Caribe Compañía Anónima.

También libró un exhorto internacional a las autoridades de la República de Singapur y de Panamá para que remitan datos y documentación sobre movimientos de dinero sospechosos.

¿Qué dice el fallo?

El fallo de 163 páginas firmado por el juez Federico Villena al que tuvo acceso A24.com detalla la denuncia que inicialmente formuló la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA), más otras presentadas por Ricardo López Murphy y Gerardo Milman, y que derivaron en la prohibición de salida del país de los 19 pasajeros del avión, por su presunto vínculo con grupos revolucionarios terroristas de Irán.

Villena fundamentó que el proceso se inició en virtud del derecho internacional que “expresa con determinación la necesidad de que los Estados adopten medidas preventivas para reprimir la preparación de todo acto de terrorismo”.

Señaló que la falta de mérito de Gholamreza Ghasemi, Abdolbaset Mohammadi, Saeid Valizadeh, Víctor Manuel Pérez Gómez y Mario Arraga Urdaneta “no supone la conclusión de la causa, ni de la investigación, sólo implica que no hay motivos actuales para proceder en alguno de aquellos sentidos con respecto al imputado, y permite que el magistrado continúe la labor instructoria y pueda, si se reúnen los elementos de convicción suficientes, modificar tal situación.”

En relación a las cuestiones pendientes en la pesquisa, destacó el hallazgo de un ticket dentro de uno de los dispositivos electrónicos incautados a los imputados, que refería a una operación bancaria de fecha 02/06/2022 por medio de la cual se procedió al retiro de la suma de 600 mil dólares cuyo nombre de comerciante fue identificado como: IPM Project Management. Intentarán averiguar si el origen o el destino de esos fondos tiene alguna relación con los grupos terroristas.

Finalmente, describió que reunió más de 100 medidas de prueba, aunque todavía existen trámites que deben completarse como exhortos enviados a España, Aruba, República Dominicana y Paraguay, y un peritaje contable.

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