Otras definiciones de Cafiero:
- "Lo que hacemos es fundamentar ese riesgo epidemiológico. Sobre estos indicadores, se deben tomar medidas de restricción de circulación y/o actividades".
- "Lo que ha hecho el Estado Nacional es trabajar con todas las jurisdicciones, fijamos pautas generales/parámetros y luego adaptarlas a que quienes estén al frente de ese territorio pueden hacerlo".
- "El Gobierno Nacional define parámetros y enciende las alarmas, quienes deben tomar las decisiones y adaptar las normas son los gobernadores, gobernadoras y el Jefe de Gobierno de CABA".
Sin embargo, en la conferencia no aclararon los parámetros de las medidas que podrían adoptar en cada provincia o municipio, como por ejemplo, los horarios de las restricciones y los rubros de las actividades que podrían alcanzar. En el caso de la Costa trascendió que las restricciones serían de 0 a 6.
Por su parte, el ministro de Turismo, Matías Lammens, dijo tener "la voluntad de que la temporada de verano continúe hasta marzo" y que se toman "estas medidas para no tomar medidas de más restricción" como sucedió en la fase 1 de la cuarentena con el cierre total de la economía.
"Esto es dinámico, creemos que con esta restricción van a bajar considerablemente los contagios. Tomamos restricciones para no tener que suspender la temporada" dijo Lammens que reconoció que "suspender la temporada sería un golpe durísimo para la industria que viene hace casi 9 meses sin facturación".
En tanto, Cafiero llamó a "redoblar los cuidados y distanciamiento para que en marzo los chicos puedan volver a clases".
Los puntos centrales del nuevo decreto:
- Que la experiencia nacional e internacional demuestra que las reuniones nocturnas en espacios cerrados o abiertos con escaso distanciamiento aumentan el nivel de riesgo frente al COVID-19
- Que esta situación puede ser agravada por el consumo de alcohol porque relaja el cumplimiento de las recomendaciones de prevención.
- El Gobierno Nacional define, a través de este decreto, dos parámetros de riesgo que deberán tener en cuenta las autoridades provinciales para restringir la circulación:
- 1- RAZÓN: cuando el cociente (resultado de dividir) entre el número de casos confirmados acumulados en los últimos 14 días y el número de casos confirmados acumulados en los 14 días previos, sea superior a 1,20 (es decir, que los casos aumenten un 20% de una quincena a la otra)
- 2- INCIDENCIA: cuando el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100 mil habitantes, sea superior a 150.
- En función de estos indicadores, el Gobierno Nacional solicita a las autoridades locales que apliquen medidas para disminuir los contactos, priorizando la limitación de la circulación nocturna.
- El ministerio de Salud articulará con las autoridades sanitarias de las distintas jurisdicciones con el fin de colaborar con el monitoreo de los indicadores señaladas.
- El ministerio de Seguridad brindará cooperación para realizar controles de rutas, vías de acceso, espacios públicos y demás lugares estratégicos con el fin de ayudar a garantizar el cumplimiento de las medidas, a petición de los gobernadores y las gobernadoras.
Mirá en A24 el video de la conferencia de prensa en Casa Rosada: