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La discusión sobre las condiciones del arresto domiciliario se produjo mientras se cumplió un año de la detención de la ex presidenta. (Foto: archivo)
La defensa también cuestionó las limitaciones para el uso de la terraza y afirmó que la resolución no explica de qué manera una flexibilización de esa medida podría afectar la convivencia dentro del edificio.
Además, los abogados remarcaron que no se valoró adecuadamente la “conducta irreprochable” de la ex presidenta durante el primer año de detención, período que se cumplió ayer. En ese sentido, señalaron una “situación paradojal”, ya que un supuesto incumplimiento relacionado con la visita simultánea de nueve economistas el 17 de noviembre pasado derivó en un régimen más restrictivo, mientras que el cumplimiento de todas las obligaciones impuestas no generó ningún beneficio.
La presentación también cuestionó que no se aplicara el principio de progresividad previsto en la Ley de Ejecución Penal 24.660.
La respuesta del Tribunal
Sin embargo, el Tribunal rechazó los planteos al considerar que “el adecuado acatamiento de las reglas de conducta invocado por la defensa como fundamento de su pretensión no constituye, por sí solo, una circunstancia que habilite a concluir que las restricciones actualmente vigentes han perdido su razón de ser”.
Además, el juez sostuvo que “el régimen progresivo” de cumplimiento de penas fue diseñado para personas alojadas dentro del sistema penitenciario. En ese sentido, señaló que la prisión domiciliaria “constituye una modalidad excepcional de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, sometida a un régimen jurídico propio y a mecanismos particulares de supervisión y control”.
La discusión sobre la tobillera electrónica
En relación con la tobillera electrónica, la defensa citó un relevamiento realizado por el Consejo de la Magistratura de la Nación que, según sostuvo, demuestra que ese mecanismo de control tiene un carácter “excepcional”. A partir de ese informe, argumentó que las condiciones impuestas a la ex mandataria presentan un nivel de severidad superior al que reciben la mayoría de las personas que cumplen prisión domiciliaria. Asimismo, reiteró que no existe riesgo de fuga que justifique la utilización del dispositivo.
La discusión sobre las condiciones del arresto domiciliario se produjo mientras se cumplió un año de la detención de la ex presidenta. En ese marco, el juez confirmó la continuidad del régimen vigente durante la misma semana en que le llamó la atención y la advirtió por un acto de apoyo realizado frente al edificio donde reside.
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El juez advirtió a la ex presidenta por un acto de apoyo realizado frente al edificio donde reside. (Foto: archivo)
Según se informó, durante esa manifestación se desplegó una pancarta sostenida por una estructura que unía un balcón ubicado enfrente con el de la ex presidenta, situación que, de acuerdo con la resolución judicial, generó riesgos para la seguridad.
Al rechazar el pedido de flexibilización el pasado 5 de junio, el magistrado destacó la necesidad de preservar la tranquilidad del barrio y garantizar una convivencia pacífica entre los habitantes de la zona.