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Qué dice el DNU que firmó Alberto Fernández sobre el coronavirus

Qué dice el DNU que firmó Alberto Fernández sobre el coronavirus

Este miércoles, Alberto Fernández informó que emitió un DNU donde se profundizan los controles para evitar la propagación del coronavirus en el país. Según confirmaron a A24.com, este documento será publicado este jueves, aunque desde la Secretaría Legal y Técnica adelantaron algunos detalles del documento.

Este DNU estará dividido en 3 puntos fundamentales que abordan la cuarentena, que ahora será obligatoria; las penalidades que deberá enfrentar quien no la respete y qué ocurrirá con los espectáculos públicos.

Cuarentena

Según confirmaron a A24.com desde la secretaría que lidera Vilma Ibarra, este decreto establece una "serie de medidas para evitar y mitigar el efecto de contagio y hacer lo necesario para controlar la pandemia".

Entre estas disposiciones se encuentran el aislamiento obligatorio para personas que arriben desde zonas afectadas con circulación del virus, los cuales son catalogados como "casos sospechosos", además de personas que presenten síntomas específicos de coronavirus y cuenten con algún vínculo directo con las zonas afectadas o con personas infectadas (casos confirmados o contacto directo con pacientes).

El aislamiento, también denominado cuarentena, se extenderá por unos 14 días según la información y la evolución de la epidemia, aunque desde el Ejecutivo advirtieron que podría modificarse y explicaron que el Ministerio de Salud se encuentra autorizado a realizar los cambios que considere necesarios.

Penalidades

El Código Penal cuenta con diferentes disposiciones en lo que se refiere a esta medida, sin embargo en este decreto se establece que aquellas personas que incumplan con la cuarentena obligatoria podrán recibir denuncias y acciones para determinar si existe la presencia de delito.

Con este objetivo, el Código establece dos figuras penales. La primera se corresponde con el artículo 205, que instaura una pena de prisión al que viole las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación de una epidemia.

La restante es la perteneciente al artículo 239, donde se establece que toda persona que se resista o desobedezca a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le preste asistencia o requerimiento en virtud de una obligación legal será penada con prisión.

"Son dos normas que existen actualmente y que en caso que una persona incumpla con la normativa de aislamiento y otras medidas que dispone DNU se van a hacer las denuncias", recalcaron desde la Secretaría Legal y Técnica.

Espectáculos públicos

El DNU establece que la realización de un espectáculo público deberá ser autorizada por la autoridad sanitaria, en relación con la evolución del coronavirus en la Argentina, y que será el propio Ministerio de Salud quien defina una resolución directa sobre las medidas que se deben tomar para su realización.

Además, se coordinará con las autoridades jurisdiccionales correspondientes, ya sean provinciales o municipales. En tanto, en los espacios dependientes del Gobierno nacional, será el Ministerio de Salud quien estará autorizado para tomar las decisiones e indicar las medidas de restricción de aglomeración de personas

Para finalizar, el decreto establece la obligación de brindar información diariamente de forma clara y precisa, con el objetivo de que los ciudadanos y ciudadanas estén atentos y colaboren en detener el desarrollo de la epidemia.

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