El proceso de selección lo conducirá la Secretaría de Energía, que deberá proponer candidatos en un plazo de 15 días. Luego, el Ejecutivo deberá justificar las designaciones o remociones ante una comisión bicameral del Congreso, que tendrá 30 días para emitir opinión, aunque sin efecto vinculante.
El ENRGE tendrá autonomía funcional y presupuestaria, y capacidad jurídica para operar tanto en el ámbito público como privado. Su sede estará en la Ciudad de Buenos Aires y su estructura deberá definirse dentro de los 180 días.
Hasta tanto eso ocurra, seguirán operativas las actuales estructuras del ENRE y ENARGAS, y el personal de ambos entes será transferido al nuevo organismo sin perder derechos laborales.
Entre sus funciones estarán:
- Aplicar y fiscalizar las normativas del sector.
- Asesorar al Poder Ejecutivo.
- Sancionar infracciones.
- Contratar y remover personal.
- Aprobar presupuestos, memorias y balances.
El control externo estará a cargo de los organismos de contralor público, y las relaciones laborales se regirán por la Ley de Contrato de Trabajo, sin incluirse en el régimen del SINEP.
El presupuesto del ENRGE se financiará con:
- Tasas de inspección y control (como prevén las leyes 24.076 y 24.065).
- Subsidios, donaciones y transferencias.
- Intereses o rentas de fondos propios.
- Venta de obleas para Gas Natural Vehicular (GNV).
El ente deberá publicar su presupuesto anual en su sitio web antes de su elevación al Ejecutivo, permitiendo observaciones del sector, aunque sin carácter vinculante.