Polémica

La jueza De Marinis defendió su fallo sobre el Régimen Penal Juvenil: "No es un mensaje de impunidad"

La jueza porteña defendió su resolución en el caso de un adolescente de 14 años acusado de un intento de robo y remarcó que la decisión se limita a ese expediente. Mientras tanto, la Fiscalía apeló el fallo y el Gobierno porteño impulsa un jury en su contra.

La jueza De Marinis defendió su fallo sobre el régimen penal juvenil: Esto no es un mensaje de impunidad

La jueza De Marinis defendió su fallo sobre el régimen penal juvenil: "Esto no es un mensaje de impunidad"

La jueza porteña Laura Beatriz De Marinis explicó los fundamentos de la resolución con la que declaró, para un caso concreto, la inconstitucionalidad del artículo 1 de la Ley 27.801, que estableció el nuevo Régimen Penal Juvenil y amplió la posibilidad de imputar penalmente a adolescentes desde los 14 años.

"Lo primero que quiero dejar bien en claro es que esto es una decisión en un caso concreto", sostuvo De Marinis al precisar el alcance de su decisión.

La jueza explicó que el planteo de inconstitucionalidad surgió a partir de un pedido realizado por la Defensa Oficial, acompañado por la Asesoría Tutelar. Según remarcó, el análisis de la constitucionalidad de una norma debe estar vinculado con las circunstancias particulares del expediente y no realizarse de manera general.

"No podemos analizar el planteo de inconstitucionalidad en abstracto, sino que tenemos que anclarlo al caso concreto", señaló la magistrada en una entrevista con Jorge Fontevecchia, en Modo Fontevecchia, por +Perfil.

Qué pasó con el adolescente de 14 años

El expediente involucra a un adolescente de 14 años acusado de haber participado, junto con otros cuatro adolescentes, en un intento de robo contra un hombre de 47 años.

Según la descripción del caso, el hombre habría sido perseguido por la vía pública hasta que intervino la Policía. En el marco de esa investigación, De Marinis hizo lugar al planteo presentado por la Defensa Oficial, con acompañamiento de la Asesoría Tutelar, y declaró inconstitucional la aplicación del artículo 1 de la Ley 27.801 en ese expediente.

El adolescente fue sobreseído en esas actuaciones. En tanto, la investigación continúa respecto de otros adolescentes de 16 años, para quienes sí resulta aplicable el nuevo régimen.

La Ley 27.801 establece que el Régimen Penal Juvenil se aplica a personas adolescentes desde los 14 años hasta antes de cumplir los 18 cuando son imputadas por delitos previstos en el Código Penal o en leyes penales especiales.

La propia resolución del juzgado porteño había aclarado que la declaración de inconstitucionalidad estaba circunscripta al expediente analizado y al adolescente involucrado, en función de las circunstancias acreditadas en la causa.

De Marinis dio detalles sobre la causa

Uno de los puntos que De Marinis buscó remarcar durante la entrevista fue que su decisión no implicó cerrar la investigación sobre el hecho. "Me parece importante entender que esto no es un mensaje de impunidad; la causa no se archivó y se sigue investigando", afirmó.

En la misma línea, agregó que la nueva ley continúa vigente y que está siendo aplicada respecto de los adolescentes de 16 años que estaban involucrados en el mismo episodio.

La magistrada también explicó que su formación como jueza especializada en materia penal juvenil influye en la manera en que aborda este tipo de expedientes. Actualmente está a cargo del Juzgado en lo Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas N.º 3 de la Ciudad.

"Esto es un fallo emitido por una jueza especializada no solo en derecho penal, sino también en problemáticas infanto-juveniles", sostuvo.

De Marinis señaló que sus resoluciones buscan utilizar un lenguaje que pueda ser comprendido también por los propios adolescentes involucrados en los procesos judiciales.

EL MINISTRO DE JUSTICIA PORTEÑO IMPULSARÁ UN JURY CONTRA LA JUEZA LAURA DE MARINIS

Qué dijo sobre la víctima del intento de robo

Durante la entrevista, la jueza también se refirió a la persona que denunció el intento de robo. Reconoció que la situación pudo haberle provocado "mucho temor y adrenalina" y sostuvo que no quiere que nadie atraviese una experiencia de esas características.

Al mismo tiempo, aclaró que, de acuerdo con las circunstancias del caso analizadas en el expediente, no hubo una lesión física particular ni un hecho de violencia física contra la víctima.

La precisión fue realizada al explicar por qué consideró las características concretas del episodio al momento de resolver el planteo de inconstitucionalidad.

La jueza habló sobre los casos más graves

De Marinis también respondió a los cuestionamientos vinculados con sus posiciones sobre el nuevo Régimen Penal Juvenil y aclaró que haber expresado reparos sobre la legislación durante su debate parlamentario no significa que vaya a declarar inconstitucional la norma frente a cualquier expediente.

En ese sentido, sostuvo que existen situaciones de distinta gravedad y que cada una requiere un análisis particular. "Hay casos, y creo que queda claro en mi resolución, que son aberrantes y donde lo que está en juego es el valor vida", afirmó.

La jueza agregó que, ante ese tipo de situaciones, deberán analizarse las circunstancias particulares y las intervenciones estatales que atravesaron la trayectoria del adolescente involucrado.

"No quiero adelantar criterio", sostuvo al referirse a cómo resolvería eventualmente un expediente de esas características.

La apelación y el pedido de jury contra De Marinis

La resolución de la magistrada generó una disputa judicial e institucional. Por un lado, la Fiscalía apeló el fallo y dos integrantes de la Unidad Fiscal Especializada en Materia Penal Juvenil solicitaron el apartamiento de De Marinis y que el expediente sea asignado a otro juez.

En paralelo, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires anunció que impulsará un jury contra la magistrada ante el Consejo de la Magistratura. El ministro de Justicia porteño, Gabino Tapia, quedó a cargo de avanzar con ese planteo.

La controversia se produce a pocas semanas de la entrada en vigencia del nuevo Régimen Penal Juvenil. La normativa fue sancionada por el Congreso en febrero de 2026, promulgada en marzo y comenzó a regir el 5 de septiembre.

El nuevo régimen amplió el ámbito de aplicación a adolescentes de 14 y 15 años, que bajo la legislación anterior no eran punibles, y modificó también el alcance de la responsabilidad penal para determinados casos de adolescentes de 16 y 17 años.

Mientras continúa la discusión judicial sobre la resolución de De Marinis, el fallo mantiene como eje una cuestión central: la jueza sostuvo que su declaración de inconstitucionalidad está limitada al caso y al adolescente involucrado, mientras que la Ley 27.801 continúa vigente.

En pocas palabras

  • Jueza De Marinis: Defendió su fallo sobre el régimen penal juvenil, aclarando que es para un caso concreto y no un mensaje de impunidad.
  • Fallo específico: Declaró inconstitucional el nuevo Régimen Penal Juvenil para un adolescente de 14 años acusado de intento de robo.
  • Reacciones: La Fiscalía apeló la decisión y el Gobierno porteño impulsa un jury contra la magistrada.
Resumen generado por Thinkindot AI