En marzo de 2023 participó de un concurso de oposición y antecedentes ante la Comisión de Selección de Jueces, Juezas e integrantes del Ministerio Público del Consejo de la Magistratura.
Después de obtener la calificación necesaria, juró como jueza el 19 de diciembre de 2023 ante el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires. Actualmente está al frente del Juzgado Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas N° 3.
Qué pasó en el caso del adolescente de 14 años
El expediente que volvió a poner su nombre en el centro de la escena corresponde a un hecho ocurrido en la vía pública. El adolescente, identificado en la resolución por sus iniciales, fue acusado de participar junto con otros jóvenes en un intento de robo a un hombre de 46 años.
Según la reconstrucción del caso incorporada al fallo, el grupo habría increpado al hombre para exigirle sus pertenencias, pero la víctima consiguió escapar. Por ese motivo, el delito no llegó a consumarse y quedó encuadrado como robo en grado de tentativa.
El nuevo Régimen Penal Juvenil comenzó a regir el 5 de septiembre y establece la aplicación del sistema penal a adolescentes desde los 14 años. El hecho investigado ocurrió después de la entrada en vigencia de la norma.
De Marinis consideró que la aplicación de la nueva normativa en este caso resultaba regresiva respecto de los derechos reconocidos a niños, niñas y adolescentes y declaró inconstitucional el artículo correspondiente. En consecuencia, dispuso el sobreseimiento del adolescente.
El argumento de la jueza: por qué consideró regresiva la nueva ley
Uno de los ejes de la resolución es la idea de que el Estado debe ampliar progresivamente los derechos de niños y adolescentes y que, frente a determinadas situaciones de vulnerabilidad, la respuesta penal no debería ser la primera herramienta.
En el fallo, De Marinis sostuvo que los adultos no pueden responsabilizar penalmente a los adolescentes por situaciones de desamparo que no fueron atendidas durante su infancia.
Además, la magistrada planteó que la incorporación al sistema penal debe constituir un recurso excepcional frente a otras herramientas estatales de protección integral.
En el caso analizado, la resolución también describe la situación personal y familiar del adolescente. Según el fallo, no tendría vínculo con su padre, su madre estaría desempleada, su hermano habría perdido su trabajo y la familia no tendría acceso al gas natural y recibiría bolsones de comida.
A partir de ese contexto, la jueza propuso una intervención orientada a fortalecer el vínculo familiar y el acompañamiento institucional, además de la continuidad educativa y la práctica deportiva.
El antecedente del caso del playero
De Marinis ya había intervenido en una causa que tuvo amplia repercusión pública. A fines de 2023 dejó sin efecto la prisión domiciliaria de Carlos Manuel Andrés, un joven condenado a cuatro años y seis meses de prisión por golpear a un playero en un estacionamiento del barrio porteño de Monserrat.
La decisión estuvo vinculada con el uso de una tobillera electrónica, que permitía geolocalizar al joven. Ese antecedente volvió a aparecer en las críticas realizadas públicamente contra la magistrada luego de conocerse su nuevo fallo.
La canción de Lali Espósito que había citado la jueza al hablar de la reforma
En abril, después de la sanción del nuevo Régimen Penal Juvenil, De Marinis había brindado una entrevista a Lo Que No Se Dice Streaming en la que habló sobre la reforma. Durante la conversación hizo referencia a la canción “No hay héroes”, de Lali Espósito, y particularmente a la idea de que “no siempre el malo paga”.
La jueza sostuvo entonces: “A veces el malo no siempre paga, y a veces no es justo nada”. Y explicó su posición sobre el trabajo de los magistrados: “Los jueces tenemos que trabajar con lo que la ley dice, y a veces nos colocan en esos lugares donde el malo no siempre paga”.
En esa misma entrevista cuestionó algunos aspectos de la reforma y planteó que podía generar que determinados conflictos protagonizados por adolescentes terminaran en los tribunales. “Es una ley que va a generar que conflictos escolares se resuelvan en los estrados judiciales”, había afirmado.
Durante aquella entrevista, De Marinis también contó cómo intenta desarrollar las audiencias en su juzgado. Explicó que en las salas hay caramelos y que busca generar un clima que permita trabajar con los adolescentes sin convertir la audiencia en una situación exclusivamente hostil.
“No es mi interés que sea un feliz cumpleaños la situación”, aclaró, aunque sostuvo que se trata de un proceso socioeducativo y que, según su planteo, un clima excesivamente hostil puede dificultar el aprendizaje.
La magistrada también había señalado que la reforma podía alcanzar a adolescentes de sectores medios y medios altos y había planteado la necesidad de discutir qué respuesta debe dar el Estado frente a las situaciones de vulnerabilidad.
Ahora, esas declaraciones volvieron a cobrar relevancia después de su resolución sobre el adolescente de 14 años.