La modificación representa un cambio respecto de las versiones iniciales del proyecto, que apuntaban a eliminar gran parte de las restricciones vigentes para la compra de tierras por parte de extranjeros. El texto acumula hasta el momento 16 borradores.
Cuáles son las modificaciones
Uno de los puntos centrales de la reforma es el régimen de adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros. El nuevo texto instituye "la prohibición para la adquisición de tierras rurales por parte de los Estados Extranjeros" y también establece "la prohibición para la adquisición de tierras rurales por parte de personas jurídicas (...) con participación estatal extranjera directa o indirecta", salvo autorización de la provincia correspondiente y del Poder Ejecutivo Nacional.
Además, la iniciativa dispone que "toda adquisición de tierras rurales por parte de personas humanas o jurídicas extranjeras deberá ser inscripta en el registro inmobiliario de cada provincia", consignando los datos y la nacionalidad del adquirente.
Bullrich aseguró que las provincias "son las que deciden sobre los recursos naturales argentinos". (Foto: captura de pantalla)
Las facultades de las provincias
La propuesta ratifica las facultades provinciales sobre sus territorios. En ese sentido, señala que "cada provincia conservará la jurisdicción plena sobre el territorio comprendido dentro de sus respectivos límites" y que podrá establecer la normativa aplicable en ejercicio de sus competencias.
En ese marco, Bullrich señaló que los artículos 124 y 41 sirven para "reforzar que los recursos naturales son dominio de las provincias. Ellas son las que deciden sobre los recursos naturales argentinos”.
Otro de los cambios incorporados establece la prohibición de "la interposición de personas humanas o jurídicas a los fines de configurar una titularidad figurada" y determina que esas prácticas "se considerarán una simulación ilícita y fraudulenta".
Zonas de frontera
El artículo 13 de la ley vigente establece que la adquisición de un inmueble rural ubicado en una zona de seguridad requiere la autorización previa del Ministerio del Interior. En cambio, el borrador presentado por el Poder Ejecutivo prevé que "la adquisición de inmuebles rurales ubicados en zonas de seguridad de frontera por extranjeros deberá contar con la autorización de la provincia y del Poder Ejecutivo Nacional".
También aclara que la intervención de la Nación estará limitada a cuestiones vinculadas con la seguridad exterior, la defensa nacional y la soberanía.
“Pusimos un límite de 25% a la compra de tierras para extranjeros”, expresó Bullrich. Y agregó que “los estados extranjeros no pueden comprar un gramo de tierra, punto”.