El Tribunal Oral en la Penal Económico Nº 1 de la Ciudad de Buenos Aires ordenó la libertad del empresario Alberto Samid quien estaba bajo prisión domiciliaria debido a la condena a cuatro años de prisión por asociación ilícita y evasión impositiva.
El Tribunal Oral en la Penal Económico Nº 1 de la Ciudad de Buenos Aires ordenó la libertad del empresario Alberto Samid quien estaba bajo prisión domiciliaria debido a la condena a cuatro años de prisión por asociación ilícita y evasión impositiva.
El Tribunal resolvió "hacer lugar a la solicitud de excarcelación efectuada por la defensa de José Alberto Samid, de las demás condiciones obrantes en autos, bajo caución juratoria", según el fallo.
Y continúa con la decisión de "disponer la inmediata libertad" de Alberto Samid y establecer "pautas de conducta" que consisten en "la obligación de fijar residencia, comparecer a este Tribunal de forma mensual y las veces en que fuera citado, y no cometer nuevos delitos, bajo apercibimiento de revocarse la excarcelación concedida".
El empresario conocido como "El Rey de la Carne" celebró la decisión del Tribunal a través de su cuenta de Twitter, donde dijo: "A mis compañeros y amigos les cuento que a partir de hoy quedé en libertad. Como siempre cuenten conmigo. Viva Perón".
Alberto Samid fue considerado por la Justicia miembro de una asociación ilícita que evadió impuestos durante la década del '90. Su detención ocurrió luego de que se ausentara sin permiso a varias audiencias del juicio oral y se escapara a Belice, donde finalmente fue detenido en abril de 2019.
Sin embargo, a los pocos meses se le otorgó la prisión domiciliaria ya que los forenses que realizaron el estudio confirmaron que sufre de afecciones cardíacas, hipertensión, diabetes y un severo cuadro de estrés.
Entonces desde el año pasado estaba cumpliendo la prisión en su domicilio y luego logró permisos para ir a trabajar, pero ese beneficio laboral se le revocó cuando el año pasado fue visto en una parrilla de la ciudad bonaerense de Ramos Mejía, su lugar de residencia.
El fallo de 30 páginas fue firmado por los jueces del TOPE 1 Luis Gustavo Losada (presidente), Diego García Berro e Ignacio Carlos Fornari.
"La omisión de tratamiento de cuestiones que resultaban conducentes para una correcta solución del caso constituye una causal de arbitrariedad de sentencia", advirtieron los camaristas Mariano Borinsky y Javier Carbajo.