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Paso a paso, cómo deben hacer los argentinos varados en el país para obtener el permiso y regresar a sus hogares

Paso a paso, cómo deben hacer los argentinos varados en el país para obtener el permiso y regresar a sus hogares

Este viernes se publicó en el Boletín Oficial una buena noticia para los argentinos varados en distintos puntos del país: la reapertura del sistema para obtener el permiso que les permitirá poder volver a sus casas.

A continuación, un paso a paso del procedimiento de retorno al hogar:

  • 1) Se considerará domicilio de residencia habitual de las personas al indicado en su Documento Nacional de Identidad, a menos de que puedan acreditar con documentación que éste cambió.
  • 2) El traslado deberá realizarse por única vez.
  • 3) Cada jurisdicción provincial y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires abrirá y administrará un registro de personas que deseen regresar a su residencia habitual. Las personas que quieran regresar tendrán que inscribirse en el registro que habilite la jurisdicción donde tienen su residencia habitual.
  • 4) Las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobarán o desestimarán las solicitudes fundadamente y de conformidad con la capacidad de ingreso diario de cada jurisdicción, comunicando la decisión a los solicitantes.
  • 5) Establecerán si autorizan a que un vehículo se traslade hasta el punto donde está el/la solicitante para buscarla/o y así poder regresar, o si deberá exclusivamente contar con un vehículo en el mismo lugar donde esté cumpliendo el aislamiento social.
  • 6) A partir del martes 5 de mayo de 2020, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires informarán diariamente la nómina de personas para cuyo desplazamiento prestan conformidad, solicitando, asimismo, la emisión del “Certificado para el Regreso al Domicilio Habitual”.
  • 7) Dicha nota deberá ser remitida a la dirección de correo que comunicará Jefatura de Gabinete de Ministros, adjuntado planilla Excel con los datos de las personas respecto de las cuales prestan conformidad para su traslado, conforme el modelo de planilla.
  • 8) El “Certificado para el Regreso al Domicilio Habitual” tendrá una vigencia de noventa y seis (96) horas computadas a partir de su emisión
  • 9) Ante el requerimiento de la autoridad competente en la vía pública, la persona deberá exhibir copia digital o impresa del “Certificado para el Regreso al Domicilio Habitual” y documentación respaldatoria de los datos allí consignados.