Un sistema que contempla distintas sanciones
El nuevo régimen busca que el adolescente imputado comprenda la responsabilidad legal derivada de sus actos y apunta a su educación, resocialización e integración social.
La normativa no establece que todos los casos terminen en una condena de prisión. El sistema contempla diferentes respuestas judiciales, que pueden incluir amonestaciones, restricciones de contacto o circulación, servicios comunitarios, monitoreo electrónico y reparación del daño, además de penas privativas de la libertad.
En los casos en los que se determine una pena de prisión, existe un límite específico: no podrán aplicarse reclusión ni prisión perpetua y el máximo para los adolescentes será de 15 años.
Qué función tendrá el supervisor especializado
Uno de los principales mecanismos que pone en marcha la reglamentación es la figura del supervisor especializado, que tendrá a su cargo acompañar y controlar al adolescente cuando el juez disponga determinadas medidas o sanciones.
Entre sus obligaciones estará mantener entrevistas semanales con el joven y elaborar informes mensuales sobre distintos aspectos de su evolución, como su educación, formación y actitud. Además, deberá coordinar su trabajo con los profesionales que participen en cada caso.
Para los procesos de competencia nacional ordinaria y federal, el Ministerio de Justicia creará un Registro de Supervisores del Régimen Penal Juvenil.
Los profesionales que quieran formar parte deberán contar con título terciario o universitario en áreas como educación, pedagogía infantojuvenil, psicología o trabajo social, o acreditar formación específica en adicciones.
También deberán demostrar al menos dos años de ejercicio profesional, aprobar una capacitación obligatoria sobre justicia penal juvenil y derechos de niños y adolescentes y continuar con instancias de formación durante los años siguientes.
Además, la reglamentación establece restricciones para integrar el registro: no podrán hacerlo quienes tengan determinados procesamientos o condenas penales ni quienes figuren en registros vinculados con hechos de violencia contra mujeres, niñas, niños o adolescentes.
Hasta que se conforme el registro definitivo, Justicia deberá elaborar un listado provisorio de profesionales. La primera convocatoria pública tendrá que realizarse dentro de los 180 días posteriores a la entrada en vigencia del decreto.
En los casos nacionales y federales, será el juez quien seleccione al supervisor entre los profesionales habilitados.
El funcionamiento será diferente en cada jurisdicción. Las provincias y la Ciudad de Buenos Aires deberán establecer sus propios mecanismos para el nombramiento, remoción y sanción de supervisores, aunque deberán respetar los lineamientos generales fijados por la Ley 27.801.
Cómo será la asistencia a las víctimas
La reglamentación también establece mecanismos específicos para las personas que hayan sido víctimas de delitos cometidos por adolescentes. El Ministerio de Justicia deberá poner a disposición equipos interdisciplinarios conformados por psicólogos y trabajadores sociales para brindar asistencia.
Además, tendrá que coordinar con la Defensoría General de la Nación las herramientas necesarias para garantizar el patrocinio jurídico gratuito contemplado en la ley.
Qué información se incorporará al Registro Nacional de Reincidencia
Otro de los puntos definidos por el decreto está relacionado con las decisiones judiciales. Cuando un adolescente reciba una pena bajo este régimen, el juez deberá comunicarla al Registro Nacional de Reincidencia, que contará con una sección específica para los casos comprendidos por la Ley 27.801.
Allí se incorporarán los datos correspondientes a sentencias y resoluciones firmes, además de las modificaciones que puedan producirse posteriormente, como sustituciones, suspensiones, revocaciones o extinciones.
La información tendrá carácter reservado y solo podrá ser consultada por las personas autorizadas de acuerdo con la normativa vigente.
Coordinación entre ministerios y las provincias
El decreto también establece nuevas instancias de coordinación para la aplicación del régimen. Una de ellas será el Comité Interministerial del Régimen Penal Juvenil, integrado por representantes de los ministerios de Justicia, Seguridad Nacional, Capital Humano y Salud.
El organismo tendrá entre sus tareas coordinar políticas de prevención, abordaje y reinserción, además de articular la ejecución de las distintas medidas y penas dentro de las competencias de cada área.
A esto se sumará la Mesa Federal del Régimen Penal Juvenil, que funcionará como espacio de articulación entre el Gobierno nacional, las provincias y la Ciudad de Buenos Aires. La intención será intercambiar experiencias, establecer criterios técnicos y procesales comunes y facilitar acuerdos de cooperación entre las distintas jurisdicciones.