Casa Rosada

Cambios en la IGJ: el Gobierno reformó el régimen de estados contables para sociedades y fundaciones

El presidente Javier Milei celebró la medida publicada por el Ministerio de Justicia y Federico Sturzenegger, explicó los 20 ejes de la resolución que simplifica y desregula los controles.

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El gobierno redefinió los requisitos y mecanismos para la inscripción de sociedades sin fines de lucro. Foto: Archivo Milei y ministro de justicia

El gobierno redefinió los requisitos y mecanismos para la inscripción de sociedades sin fines de lucro. Foto: Archivo Milei y ministro de justicia, Juan Mahiques.

"MAGA.", señaló el presidente Javier Milei al celebrar en redes sociales este jueves la publicación en el Boletín Oficial de la resolución número 9/26 de la Inspección General de Justicia (IGJ) que reformula los requisitos y asientos contables que requería el Estado para inscribir legalmente una asociación, sociedad o fundación sin fines de lucro.

Según difundió el Ministerio de Justicia en un comunicado en redes sociales, "la IGJ aprobó una nueva Resolución General que reforma integralmente el régimen de presentación de estados contables de sociedades, asociaciones civiles y fundaciones, eliminando trámites presenciales, requisitos en papel y exigencias duplicadas que llevaban décadas sin revisarse".

La medida establece entre otros requisitos que la inscripción de sociedades pasa a ser "100% digital" con "menos burocracia y trámites más simples", "fin del soporte óptico para el inventario", "categoría 1 excenta" de impuestos, "eliminación de presentación periódica de medios mecánicos" y "menos documentación preasamblearia".

Los 20 puntos de la Resolución 9/26 de la IGJ explicados por Sturzenegger

El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, explicó los 20 puntos de los cambios en un posteo en X, en el que entre paréntesis fue dejando su opinión. "Uff", "andá", "sentido común", "me estás cargando?", fueron algunas de las expresiones.

A continuación el posteo completo de Sturzenegger:

1. Fin del soporte magnético y la declaración jurada en papel. Ante se exigía volcar todo a un soporte magnético, imprimir la declaración jurada por duplicado (qué?), certificar la firma del contador ante el Consejo Profesional (ufff) y sellarla en ventanilla (andá). Afuera! (todo).

2. Fin de la firma ológrafa legalizada. Se exigía un ejemplar firmado en original por el representante legal, el órgano de fiscalización y el contador, con legalización profesional (que eran $$$$). Ahora las firmas son electrónicas. Afuera!

3. Desburocratización de la presentación previa para las Art. 299. Se elimina la doble presentación —antes y después de la asamblea— con toda su documentación duplicada. Queda una única presentación posterior a la aprobación. Afuera! (Sentido común).

4. Eliminación de la transcripción obligatoria a doble faz. (Me estás cargando?) Afuera!

5. Eliminación de copias firmadas por separado. Ahora se integra todo en la presentación digital única. Afuera!

6. Memoria ampliada eliminada. Se exigía una memoria con indicadores financieros, análisis de cambios, contratos significativos, información ambiental y perspectivas. La memoria vuelve a regirse exclusivamente por lo que exige el artículo 66 de la Ley de Sociedades. (Toda información que nadie miraba.) Afuera!

7. Eliminación del programa aplicativo propio de la IGJ. La presentación estaba atada a un software específico del Organismo, con sus propios formatos y errores. El nuevo esquema es abierto e interoperable con el Consejo Profesional.

8. Estado de Flujos de Efectivo reemplaza al EOAF. El Estado de Origen y Aplicación de Fondos no existe en las normas contables desde hace años (parece que nadie se había avivado). Se actualiza la denominación y se eliminan observaciones innecesarias por nomenclatura obsoleta.

9. Normas contables por remisión al Consejo Profesional. Se eliminan las citas a resoluciones técnicas derogadas (RT 11, RT 17) y se remite genéricamente a las normas vigentes adoptadas por el CPCECABA, que se actualizan solas. (Agilidad regulatoria).

10. Régimen ultra simplificado para asociaciones civiles pequeñas. Pueden presentar un cuadro simplificado de recursos y gastos con detalle de bienes e inversiones, en lugar de estados contables completos. Clubes, centros de jubilados, comedores y bibliotecas dejan de producir documentación de gran empresa. (Esto realmente era cruel). Mamita!

11. Eliminación de la nómina de autoridades con datos personales. Se exigía apellido, nombre, domicilio, tipo y número de documento y nacionalidad de cada autoridad social en CADA presentación (psiquiátrico). Afuera!

12. Eliminación de la constancia de publicación de la convocatoria. Se acompañan solo cuando corresponde. Afuera! (Simplificación)

13. Eliminación del inventario anual certificado para Categoría I. El inventario anual certificado por contador público queda limitado a las asociaciones civiles de Categorías II y III y a las fundaciones. (Simplificación)

14. Fin del soporte óptico para el inventario. La presentación del inventario en soporte óptico con validación digital engorrosa desaparece junto con el resto del régimen físico. Afuera! (Modernización)

15. Categoría I exenta del Estado de Flujos de Efectivo. Afuera! (Simplificación)

16. Categorización de asociaciones civiles clara y autocontenida. Tres categorías con un criterio único y verificable: ingresos anuales medidos contra la Categoría H del Monotributo. (Simplificación)

17. Fundaciones: presentación en una sola etapa. Se unifica la presentación en un único acto posterior a la aprobación por el Consejo de Administración, eliminando el esquema de etapas múltiples. Afuera! (Simplificación)

18. Eliminación de la presentación periódica de medios mecánicos. La carga periódica de informar sobre los sistemas de registración contable queda derogada. Afuera! (Simplificación)

19. Categoría III: menos documentación preasamblearia Queda reducida a los estados contables con sus informes y el acta de convocatoria. Afuera! (Simplificación)

20. Fundaciones: informes integrados. El informe sobre desvíos y medidas correctivas del plan trienal se integra a la presentación anual única, en lugar de tramitar como presentación independiente con plazos propios. Afuera! (Simplificación).

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