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ANSES y Milei activan auditorías en pensiones: cómo evitar la suspensión del pago

Con auditorías más estrictas y un nuevo régimen en marcha, el Certificado Único de Discapacidad se vuelve decisivo para seguir cobrando: los motivos de suspensión y cómo hacer el descargo a tiempo.

ANSES activa auditorías en pensiones: cómo evitar la suspensión del pago

ANSES activa auditorías en pensiones: cómo evitar la suspensión del pago

La actualización del sistema de control sobre las pensiones no contributivas puso en el centro de la escena al Certificado Único de Discapacidad (CUD) y encendió las consultas de miles de titulares. Con la entrada en vigencia de la Ley de Emergencia en Discapacidad y su reglamentación a través del Decreto 84/2026, se modificaron los mecanismos de fiscalización y se incorporaron nuevas instancias de revisión antes de suspender o cancelar un beneficio.

Desde ahora, antes de que se interrumpa el pago de una pensión, el organismo debe notificar al titular, permitirle presentar un descargo y revisar su situación.

Auditorías: cómo será el nuevo sistema de control

En el nuevo esquema, la Secretaría Nacional de Discapacidad podrá realizar auditorías médicas y socioeconómicas cuando lo considere necesario.

Pero el procedimiento incluye mayores garantías para los beneficiarios:

  • notificación previa
  • derecho a defensa
  • evaluación individual del caso

Esto significa que no puede haber una baja automática sin instancia de revisión.

Motivos por los que pueden suspender una pensión

Entre las principales causas que pueden afectar el cobro se encuentran:

  • no presentarse a citaciones médicas o sociales
  • no entregar documentación requerida
  • tener datos personales desactualizados
  • incompatibilidades con otras prestaciones
  • cobro indebido del beneficio

También puede haber suspensión si:

  • la persona permanece más de tres meses fuera del país sin registrar ingresos
  • no cobra la pensión durante ese período sin justificarlo
  • se produce el fallecimiento del titular
  • hay renuncia voluntaria
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El CUD pasa a ser clave en el nuevo régimen

Uno de los puntos centrales de la reglamentación es la acreditación de la discapacidad.

No contar con el CUD vigente puede impedir demostrar la condición cuando corresponda, por lo que:

  • quienes no lo tengan deberán tramitarlo
  • quienes ya lo poseen deberán controlar su vencimiento

Además, sigue siendo obligatorio mantener actualizado el Certificado Médico Oficial (CMO).

Un nuevo sistema de pensiones por discapacidad

La Ley de Emergencia creó la Pensión no Contributiva por Discapacidad para la Protección Social, que reemplazará de manera progresiva a las actuales.

El decreto reglamentario establece que:

  • la conversión será automática
  • se respetarán las condiciones con las que fue otorgado cada beneficio
  • se verificará el cumplimiento de los requisitos

Qué requisitos habrá que cumplir para seguir cobrando

Con el nuevo régimen, los titulares deberán:

  • tener CUD vigente
  • no cobrar otra prestación incompatible
  • aprobar la evaluación socioeconómica
  • acreditar residencia en el país
  • En caso de empleo formal, el beneficio será compatible si los ingresos no superan dos salarios mínimos.

Cómo evitar la suspensión de la pensión

Para reducir riesgos, se recomienda:

  • mantener actualizados los datos en Mi ANSES
  • revisar las notificaciones oficiales
  • renovar el CUD antes del vencimiento
  • presentarse a las auditorías
  • consultar el estado del trámite si está en proceso

Quienes accedieron al beneficio bajo normativas anteriores que no exigían el certificado no necesariamente lo perderán, ya que cada caso será evaluado de manera individual.