Reapertura

Extienden a familiares de propietarios el permiso para ingresar a Uruguay

Se deberá acreditar la propiedad por escribano público o con una declaración jurada. La medida regirá a partir del miércoles 1° de setiembre.
Empleos

Empleos, salario y costos: desde hace unos años, Montevideo se convirtió en un destino muy apreciado por los argentinos que buscan una mejor calidad de vida. 

Los extranjeros con inmuebles en Uruguay podrán ingresar al país acreditando la propiedad, por escribano público o declaración jurada a partir del miércoles 1° de setiembre. Las condiciones para el ingreso al país fueron establecidas a través del decreto que el presidente Luis Lacalle Pou firmó ayer y que en las próximas horas será comunicado a los pasos fronterizos.

Propietarios y titulares de participación sociales o acciones de personas jurídicas y los beneficiarios finales de las mismas de bienes inmuebles ubicados en el país, lo que será acreditado mediante certificación notarial expedida por Escribano Público habilitado en la República Oriental del Uruguay o declaración jurada (artículo 239 del Código Penal), podrán ingresar a partir del 1° de setiembre de 2021, y hacerlo acompañados de sus cónyuges o concubino y familiares de primer grado -padre e hijos- y segundo grado de consanguinidad -abuelos, nietos, hermanos-”, consigna el decreto.

De acuerdo a la información oficial, quienes ingresen al país amparados en esta nueva excepcionalidad deberán presentar un test PCR negativo a COVID-19, y al séptimo día de su estadía en Uruguay acreditar un nuevo test negativo. En ambos casos, el costo del estudio corre por cuenta del extranjero. Al ingresar al país, en los pasos fronterizos, se les entregará un formulario donde deberán detallar sus datos y acreditar la propiedad que poseen.

Además, deberán presentar su certificado de vacunación, ya sea de única dosis o de dos dosis, según el tipo de laboratorio que haya dado las vacunas aprobadas en su país de origen. Esta inmunización debe haber sido “dentro de los últimos seis meses previos al embarque o arribo al país y cumplidos los plazos de espera respectivos para lograr la inmunidad efectiva”, agrega el decreto.