La AFIP dispuso suspender desde este miércoles, y hasta el 29 de febrero de 2020, el procedimiento sistémico de la exclusión “de oficio” del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.
La AFIP dispuso suspender desde este miércoles, y hasta el 29 de febrero de 2020, el procedimiento sistémico de la exclusión “de oficio” del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.
La resolución 4600 que fue publicada en el Boletín Oficial se basa en la estrategia del Gobierno de encomendarle a ese organismo “medidas tendientes a amortiguar” el impacto negativo a raíz de la crisis económica que vive el país.
Según la AFIP, "con esta medida se beneficia a alrededor de 5000 monotributistas por mes" y vale aclarar que la flamante medida no toma en cuenta "a quienes pudieran ser excluidos por alguna fiscalización en particular".
"En este contexto, resulta procedente establecer la suspensión durante cinco meses del procedimiento sistémico de exclusión de pleno derecho del monotributo, previsto en los artículos 53 a 55 de la Resolución General 4309 y su modificatoria", agrega el comunicado.
AFIP precisó que tomó esta decisión dada la magnitud de los acontecimientos económico financieros que afronta el país, y teniendo en cuenta que el Poder Ejecutivo encomendó al organismo la adopción de medidas tendientes a amortiguar su impacto negativo.
De esta manera, los monotributistas que facturen por encima de los topes previstos no serán excluidos, al menos hasta marzo de 2020.
Hasta ahora, al exceder el monto de la última categoría del Monotributo, correspondiente a una facturación de más de $ 1.726.599, el contribuyente era dado de baja del régimen simplificado y de alta en los tributos correspondientes al régimen general, donde pasa a pagar tributos como el Impuesto al Valor Agregado (IVA), Ganancias y Autónomos.