Otro look

El BCRA impone condiciones para comprar dólares a empresas que tomen créditos a tasas subsidiadas

El BCRA impone condiciones para comprar dólares a empresas que tomen créditos a tasas subsidiadas

El Banco Central emitió hoy un comunicado anunciando que las empresas que accedan a líneas de créditos con tasas subsidiadas y aquellas que realicen operaciones de compra-venta de títulos valores con liquidación en moneda extranjera tendrán que pedir la conformidad previa del Banco Central para acceder al Mercado Único y Libre de Cambios para la adquisición de divisas.

El texto aclara que las MiPyMEs beneficiadas con las líneas de créditos promocionales dispuestas en el marco de la emergencia sanitaria por el COVID-19 "podrán acceder sólo a las divisas destinadas a nuevas importaciones de bienes o insumos requeridos en su proceso productivo, pero no podrán cancelar deuda vencida al 19 de marzo de 2020 sin contar con la conformidad previa del Banco Central".

Asimismo, las empresas que cuenten con esas líneas de crédito tendrán "acceso limitado a operaciones de venta de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o a la transferencia a entidades depositarias del exterior".

En caso de tener la necesidad de acceder al mercado para la adquisición de divisas, las empresas tendrán que presentar una declaración jurada de que ese día y en los 30 días corridos anteriores no han efectuado ventas de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior, indica la comunicación de la autoridad monetaria.

En ese sentido, también "se deberán comprometer a no realizar esas operaciones a partir del momento en que requiere el acceso y por los 30 días corridos subsiguientes".

La resolución establece que para el acceso al mercado de cambios para la cancelación de capital e intereses de todo tipo de endeudamiento con el exterior pendiente al 19 de marzo de 2020, cuando el pago no tuviera una fecha de vencimiento o cuyo vencimiento hubiese operado con anterioridad a dicha fecha, se deberá contar con la conformidad previa del BCRA excepto que la entidad cuente con declaración jurada del cliente dejando constancia que no tiene pendientes financiaciones en pesos y complementarias ni las solicitará en los 30 días corridos siguientes.

Tampoco podrán, hasta su total cancelación, vender títulos valores con liquidación en moneda extranjera o transferirlos a entidades depositarias del exterior.

Se habló de
-

Últimas Noticias